Boletines/Chascomús

Decreto Nº192/23

Decreto Nº 192/23

Chascomús, 27/02/2023

ADJUDICAR CONCURSODE PRECIOS N° 10/23

Visto

El Concurso de Precios Nº 10/2023 tramitado en Expediente Administrativo N° 4030-160729/M para la “Compra de Víveres para continuidad del Programa SAT (Servicio Alimentario Transitorio)”; y

Considerando

Que habiéndose llevado a cabo la apertura de las ofertas en fecha de 24 Febrero de 2023 a las 10.00 horas, se presenta:

  • NAQUED PABLO NICOLAS, con una oferta por PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL ($ 4.215.000,00) condición de pago según pliego.

Que la Comisión de Adjudicación analiza la propuesta presentada y la admite como válida por ajustarse al pliego.

Que la Comisión deja constancia en el Acta de Adjudicación que el Concurso de Precios se ha desarrollado con todas las formalidades de la LOM para adquisiciones y contrataciones de acuerdo a lo previsto en el artículo 151 y subsiguientes y del 191 del Reglamento de Contabilidad.

Que la Comisión Adjudicataria considera los antecedentes del proveedor, la condición de pago propuesta y que los valores se corresponden con los normales y habituales en el mercado y aconseja al Señor Intendente Municipal adjudicar Concurso de Precios N° 10/2023 para la “Compra de Alimentos para continuidad del Programa SAT (Servicio Alimentario Transitorio)” a NAQUED PABLO NICOLÁS, por PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL ($ 4.215.000,00), por ser la oferta conveniente.

Que es necesario dictar el acto administrativo pertinente a los fines de adjudicar la Licitación.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Adjudíquese el Concurso de Precios Nº 10/2023 para la “Compra de Alimentos para continuidad del Programa SAT (Servicio Alimentario Transitorio)” a NAQUED PABLO NICOLÁS, por PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL ($ 4.215.000,00).-

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Compras, Dirección de Comunicaciones, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Políticas Comunitarias y Secretaría de Hacienda.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-