Boletines/Chascomús
Decreto Nº 189/23
Chascomús, 27/02/2023
EXIMICIÓN IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES
Visto
El EX-2023-00006784- -CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “CIAFFARDINI CINTIA. EXIMICION PATENTES POR DISCAPACIDAD” iniciado por CIAFFARDINI CINTIA; y
Considerando
Que, la peticionante solicita la eximición del Impuesto Automotor del vehículo Toyota Hilux Año 2011 Dominio KOE867.
Que, agrega copia del Certificado Único de Discapacidad con vigencia hasta el 17.01.2025 de su hijo, con quien acredita el vínculo.
Que además acredita la titularidad del vehículo con una copia del título de propiedad del mismo.
Que, tratándose del Impuesto a los Automotores, resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del Poder Ejecutivo Provincia.
Que, en relación al tema planteado, el inciso f) del artículo 243º del Código Fiscal reconoce el beneficio de exención del pago de impuesto al automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio.
Que, en éste último caso, indica la norma, “el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente, progenitor afín en los términos de los artículos 672 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, la persona que sea designada apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales”.
Que se adjunta el Informe de Deuda, que data de las cuotas 1 y2 del año 2022.
Que habiéndose acreditado la titularidad del 100% del vehículo, y que ha presentado CUD expedido en los términos de la ley 22.431, resulta procedente otorgar la exención de pago del Impuesto a los Automotores en UN 100% (conf. Ley 15.079) siempre que no se verifiquen cambios de alguna de las circunstancias que dan origen a la presente eximición.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino que corresponde otorgar la exención solicitada por la Sra Ciafardini del Impuesto Automotor del vehículo Toyota Hilux Año 2011 Dominio KOE867, previo pago de la deuda de los periodos anteriores de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Exímase del pago del Impuesto Automotor correspondiente al vehículo Toyota Hilux Año 2011 Dominio KOE867, propiedad de Ciafardini Cintia Andrea DNI 25.679.585 domiciliado en calle Juana Castillo N° 1158 de la ciudad de Chascomús, previo pago de los periodos anteriores, en tanto no se modifiquen las circunstancias que originaron el otorgamiento del beneficio de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, a ARBA Municipal y peticionante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-