Boletines/Chascomús

Decreto Nº171/23

Decreto Nº 171/23

Chascomús, 23/02/2023

EXIMICION

Visto

El Expediente Electrónico EX-2023-00001895-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado: “Solicitud de Eximición de Tasas Municipales por Discapacidad”, iniciado por DIAZ, Ángel Enrique; y

Considerando

Que se presenta el Sr. DIAZ, Ángel Enrique, DNI Nº 10.325.705, con domicilio en calle Grito de Dolores N° 602 de Chascomús, solicitando la exención de pago de Tasas Municipales por Servicios Generales y Servicios Sanitarios correspondiente a la Partida Inmobiliaria Nº 21693 y Derechos de Cementerio correspondiente a la Cuenta N° 2000002772-0; manifestando poseer una discapacidad, adjuntando Certificado Único de Discapacidad (CUD), con vencimiento el 27/3/2029 (ver orden 8).

Que surge de la documentación adjunta a las presentes actuaciones, que es propietario del inmueble por el cual solicita la eximición, acompañando copia de la escritura (V. ordenes 4, 9 y 14).

Que también se acompaña en el orden 13 informe de deuda del cementerio, correspondiente al espacio identificado como Nicho-P-A-3-63-2772, a nombre de Ángel Enrique Díaz.

Que asimismo, en el orden 20 se acompaña Informe Socio-Ambiental, mediante el cual se manifiesta dar curso favorable a la solicitud del peticionante teniendo en consideración los aspectos económicos y de salud por la que está atravesando.

Que el Artículo 79º de la Ordenanza Fiscal vigente establece que “…podrá eximirse parcialmente o totalmente del pago de Tasa de Servicios Generales, Servicios Sanitarios, Derechos de Cementerio, servicios vinculados a la construcción y Tasa por Servicios de Salud, a las personas discapacitadas titulares de una única propiedad inmobiliaria, escriturada a su nombre o en condominio con el cónyuge, conviviente legalmente acreditado y/o hijos”. Agregando que “el inmueble objeto de la exención deberá constituir vivienda única del grupo familiar y deberá existir informe previo de la secretaría competente de la Municipalidad, recomendando la exención por su situación”.

Que en consecuencia la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde hacer lugar a la solicitud de eximición de las Tasas Municipales respecto de la Partida inmobiliaria Nº 21.693 y de Derechos de Cementerio correspondiente a la Cuenta N° 2000002772-0, efectuada por Ángel Enrique DIAZ, en un 100% para el periodo fiscal 2023, por reunirse los requisitos del Articulo 79 de la Ordenanza Fiscal vigente.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Exímase en un 100% en los términos del Artículo 79º de la Ordenanza Fiscal vigente, el pago de las Tasas de Servicios Generales y Servicios Sanitarios correspondientes al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria Nº 21.693 y Derechos de Cementerio respecto de la Cuenta N° 2000002772-0, para el período fiscal 2023, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada,  Cómputos, Catastro, Ingresos públicos, y solicitante, en el domicilio constituido en la calle Grito de Dolores N° 602 de Chascomús.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-