Boletines/Chascomús

Decreto Nº152/23

Decreto Nº 152/23

Chascomús, 13/02/2023

RESCISIÓN CONTRATO

Visto

El Expediente Electrónico EX-2023-00005861- -CHASCOMUS-DAL#SG sobre “Situación Agente RIVEIRO MANRIQUE Juan Cruz”; y

Considerando

Que el mencionado agente es contratado como PERSONAL TEMPORARIO, cumpliendo funciones en el área de Inspectoría, en la categoría jornalizado 48hs., dependiente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, conforme contrato N° 2255 con fecha de vencimiento el 31/10/2023.  

Que al número de orden 2 obra ME-2023-00005425-CHASCOMUS-SSS#SSC, mediante el cual desde la Secretaria de Seguridad Ciudadana se informa que Riveiro Juan Cruz, se encuentra ausente desde el 31/01/2023 sin justificativo alguno.

En virtud de ello, corresponde referir que conforme la Cláusula Cuarta del contrato celebrado entre las partes, cualquiera de ellas podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas y las que surgen del Estatuto del Empleado Municipal (Ley N° 14.656), labrándose un acta al respecto por parte del responsable del área donde preste servicios el contratado, siendo suficiente la misma a dichos fines y sin que ello genere derecho a indemnización en su favor.

Al respecto, en la causa “Villafañe”, el Cimero Tribunal provincial, con voto del Dr. Soria al que adhirió la mayoría, expresó: “La doctrina de esta Suprema Corte, por mayoría, indica que los agentes de planta temporaria -mensualizados o jornalizados- participan de un estatus de excepción, no poseyendo más derechos que los previstos, en modo expreso o razonablemente implícito, en el régimen jurídico que ha disciplinado su incorporación y desempeño en la relación de empleo (causas B. 57.741, "Iori", sent. de 18- II-2004; B. 61.215, "Zocchi", sent. de 1-III-2006; B. 57.551, "Portillo", sent. de 19-IX-2007, entre otras).

Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino: que ante el informe citado ut supra, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo para rescindir el contrato de servicio temporario (N°2255) del agente RIVEIRO MANRIQUE Juan Cruz, DNI N° 43.799.120, Legajo11.292, por las consideraciones expuestas en el exordio.

Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino (Claudio Ortega) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Rescíndase el contrato suscripto oportunamente entre RIVEIRO MANRIQUE Juan Cruz, DNI N° 43.799.120 Legajo 11.292, y la Municipalidad de Chascomús por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana, Dirección de RRHH , Dirección de Liquidaciones y a RIVEIRO MANRIQUE Juan Cruz en su domicilio declarado sito en calle Carmen Lanza N° 89 de Chascomús.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor  Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-