Boletines/Chascomús
Decreto Nº 138/23
Chascomús, 08/02/2023
AUTORIZAR CARGA DE COMBUSTIBLE
Visto
La necesidad de movilización y agilidad que requiere para el desarrollo de sus tareas las diferentes áreas relacionadas con el Ejecutivo Municipal; y
Considerando
Que la disposición de agentes y/o funcionarios municipales de utilizar sus propios vehículos particulares para el desarrollo de las tareas asignadas, resulta satisfactorio para cubrir, en gran parte, la necesidad antes mencionada.
Que a tales vehículos se les deben administrar, de acuerdo a la necesidad, el combustible para su funcionamiento en algunos casos en forma regularmente y en otros ocasionalmente.
Que conforme a las normas vigentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, autorizando la carga de combustible durante el año 2023.
Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino (Claudio Ortega) que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese la carga de combustible adquirido por el Municipio, en las ocasiones en que resulte necesario para el normal desarrollo de las tareas en los vehículos propiedad de agentes de Planta y/o Funcionarios Políticos Municipales, para el ejercicio 2023 de acuerdo al listado contenido en los artículos siguientes.-
ARTICULO 2°.- Está autorizado a la carga de combustible adquirido por el Municipio en la Secretaria de Servicios Públicos los vehículos con patentes que a continuación se detallan y solo cuando la tarea que deban realizar lo amerite, debiendo estar las mismas detalladas en el vale que autoriza la carga
CEMENTERIO
PALAZZO LAURA VANESA DNI 25.878.106, Toyota Sedan Dominio LDS654
ARTICULO 3°.- El titular deberá poseer carnet de conducir, cédula verde, seguro y VTV vigente.-
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Servicios Públicos, Oficina de Compras y Contaduría.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos (Sebastian Barthe Placenave) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-