Boletines/Chascomús

Decreto Nº125/23

Decreto Nº 125/23

Chascomús, 07/02/2023

SUBSIDIO SOLIDARIO MUNICIPAL

Visto

El EX-2023-00004342- -CHASCOMUS-DCH#SRHDP, caratulado “Subsidio Solidario” iniciado por COUSELO Zulma Beatriz; y

Considerando

El fallecimiento del jubilado  municipal, COUSELO Alfredo José ocurrido el día 03/01/2022.

Que por Ordenanza 4971/16 se creó el Subsidio Solidario Municipal por fallecimiento.

Que el Subsidio establecido es para todos los agentes al servicio de la Municipalidad y sus dependencias; y el personal que en el futuro dejare de pertenecer a la Municipalidad, sin sumario ni sanciones en su contra y con una antigüedad mínima de 25 años de servicios.

Que el importe del subsidio es de Diez (10) veces el sueldo mínimo del personal municipal vigente al momento del efectivo pago.

Que la designación de los beneficiarios del Subsidio será obligatoria y se efectuará en oportunidad de diligenciarse la correspondiente ficha individual.

Que el agente podrá, durante la vigencia del Subsidio, solicitar el cambio del o los beneficiarios instituidos, el que tendrá efecto desde la fecha en que la Municipalidad reciba la correspondiente comunicación fehaciente.

Que resultan beneficiarios del Subsidio Solidario Municipal –conforme ficha obrante en la Oficina de Capital Humano COUSELO Zulma Beatriz DNI 10.854.222

Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que corresponde abonar  Subsidio Solidario Municipal por fallecimiento del Sr COUSELO Alfredo José  a la beneficiaria del mismo: COUSELO Zulma Beatriz DNI 10.854.222.

Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino (Claudio Ortega) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Abónese Subsidio Solidario Municipal por fallecimiento del Sr COUSELO Alfredo José , por un importe total de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA  ($ 575.190 ) a la beneficiaria del mismo COUSELO Zulma Beatriz DNI 10.854.222.-

ARTÍCULO 2°.- El gasto  que demande el cumplimiento del presente impútese de la siguiente manera: Subsidio Solidario Municipal – Cuenta de Terceros – Ord. 4971/16.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de RRHH, Oficina de Jubilaciones,  Dirección de Liquidaciones, y beneficiaria.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor  Secretario  de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facudno Alfonsín).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-