Boletines/Chascomús

Decreto Nº123/23

Decreto Nº 123/23

Chascomús, 07/02/2023

TITULO EJECUTIVO

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-160231/M caratulado “Barragan Andrea s/ Acta de Infracción N° 36629”; y

Considerando

Que a fojas 16/19 obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la  dispuso imponer a  BARRAGAN MARIA ANDREA, DNI 27.144.766, con domicilio en calle Julián Quintana N°865, Chascomús, Provincia de  Buenos Aires, una MULTA de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL  ($686.000), por infringir el artículo 118 del Código Contravencional Local y por aplicación del artículo 19 de la ordenanza 5457/20.

Que encontrándose firme la sentencia conforme la notificación obrante a fs. 20 del referido Expediente y transcurrido el plazo para su pago sin que ello se hubiera efectuado corresponde procurar su cobro por la vía de apremio.

Que a fs. 21 desde el Juzgado de Faltas se dispone que atento a las actuaciones y al no hacer efectivo el infraccionado el pago de la sanción, se debe iniciar el correspondiente juicio  ejecutivo por la vía de apremio.

Que en efecto, resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, la confección del pertinente Título Ejecutivo.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que deberá llevarse adelante el proceso judicial de apremio, en procura del cobro de la multa dispuesta por el Juez de Faltas Municipal debiéndose emitir el correspondiente título ejecutivo.

Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino (Claudio Ortega) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Procédase a la Emisión de Titulo Ejecutivo correspondiente por la multa impuesta a  BARRAGAN MARIA ANDREA, DNI 27.144.766, con domicilio en calle Julián Quintana N°865, Chascomús, Provincia de  Buenos Aires, de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA  Y SEIS ($686.000), dispuesta en el marco del Expediente Nº4030-160231/M de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Iníciese la correspondiente acción judicial para perseguir el cobro por la vía de Apremio a través de la Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Secretaria de Hacienda, Contaduría, Tesorería, Ingresos Públicos, Juzgado de Faltas y Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-