Boletines/La Plata

Decreto Nº1102/23

Decreto Nº 1102/23

La Plata, 29/03/2023

Visto

el presente Expediente Nro. 4061-1214198/2023, la Ley Orgánica de Municipalidades (6769/58), el Pliego de Bases y Condiciones, la Ley de Obras Públicas (6021) y modificatorias, por las cuales la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS solicita la realización de la obra denominada “FUNCIONALIZACION 2023 – REPAVIMENTACION EN EL PARTIDO DE LA PLATA”; y

Considerando

Que obra glosada Nota de pedido N° 2451, cómputo y presupuesto, Memoria Descriptiva, Pliego de Bases y Condiciones en donde constan las Especificaciones Legales Generales y Particulares, Anexo A, Especificaciones Técnicas Particulares y demás Anexos y Planillas, en las cuales figuran las condiciones, requisitos y demás exigencias que deben reunir las empresas que deseen participar de la presente licitación pública.

Que se afectó preventivamente la partida presupuestaria pertinente mediante solicitud de gastos debidamente intervenida por el Sr. Contador General por la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL CINCO con 00/100 ($1.999.119.005,00) equivalente al Presupuesto Oficial.

Que obra glosado el Decreto Nº 0268/23 de fecha 23 de enero de 2023 mediante el cual se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones, se establecen las condiciones para realizar el llamado a Licitación Pública Nº 08/2023.

Que a continuación obran adunadas las respectivas publicaciones de edictos conjuntamente con su orden de publicación.

Que según constancias obran comprobantes de adquisición de pliego de las firmas BRIALES S.A, PELQUE S.A, POSE S.A, FONTANA NICASTRO S.A.C y OCSA S.A.

Que con fecha 23/02/2023 se lleva a cabo el Acto de Apertura de sobres, en el que se presentan las siguientes propuestas: PROPUESTA Nº 1 Perteneciente a la firma OCSA S.A., quien presentó correctamente garantía de mantenimiento de oferta y, cotiza para la zona 1 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES con 00/100 ($476.990.933,00), para la zona 2 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL NUEVE con 66/100 ($474.591.009,66). En tanto para las zonas 3, 4 y 5 no cotiza. PROPUESTA Nº 2 Perteneciente a la firma PELQUE S.A, quien presentó correctamente garantía de mantenimiento de oferta y, cotiza para la zona 1 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO con 95/100 ($475.557.444,95), para la zona 2 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA con 16 ($479.704.640,16), por último, para la zona 3 la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE con 02/100 ($487.696.489,02). En tanto para las zonas 4 y 5 no cotiza. PROPUESTA Nº 3 Perteneciente a la firma FONTANA NICASTRO S.A.C, quien presentó correctamente garantía de mantenimiento de oferta y, cotiza para la zona 2 la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS TRES con 00/100 ($487.801.803,00), para la zona 4 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($475.792.680,00), por último, para la zona 5 la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE con 00/100 ($485.793.449,00). En tanto para las zonas 1 y 3 no cotiza. PROPUESTA Nº 4 Perteneciente a la firma BRIALES S.A, quien presentó correctamente garantía de mantenimiento de oferta y, cotiza para la zona 1 la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO NOVENTA con 20/100 ($483.828.190,20), para la zona 2 la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CUARENTA Y SIETE con 65/100 ($495.970.047,65), para la zona 3 la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS con 34/100 ($497.796.300,34), para la zona 4 la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO OCHENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS con 24/100 ($482.180.396,24), para la zona 5 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SESENTA Y DOS con 50/100 ($477.766.062,50). PROPUESTA Nº 5 Perteneciente a la firma POSE S.A, quien presentó correctamente garantía de mantenimiento de oferta y, cotiza para la zona 3 la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS con 42/100 ($477.440.986,42), para la zona 5 la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL NOVENTA Y TRES con 57/100 ($496.118.093,57). En tanto para las zonas 1, 2 y 4 no cotiza.

Que la Secretaría Legal y Técnica realizó un estudio pormenorizado del aspecto procedimental y de la documentación presentada por las empresas, no encontrando objeciones a las mismas. En este sentido, se expidió acerca del cumplimiento de las exigencias legales, entendiendo que las ofertas exhibidas han cumplimentado con la documentación esencial exigida por el artículo 10 del PELG (conf. Art. 13 PELG). Asimismo, observa que las propuestas de las firmas superan cuantitativamente la reserva presupuestaria prevista por lo que de no ser posible una mejora de oferta, y de encontrarse justificada por pautas objetivas, la variación cuantitativa de las ofertas realizadas frente al precio presupuestado por el municipio, corresponde a la dependencia competente la identificación de la oferta más conveniente para el interés fiscal y la posterior elección del pre-adjudicatario.

Que acto seguido, la Comisión técnica de Evaluación emite el respectivo Dictamen Técnico en base al análisis de las ofertas presentadas y su adecuación con el Pliego de Bases y Condiciones, en el cual tomando en cuenta la razonabilidad de los valores cotizados por los oferentes, demás antecedentes y documentación, aconseja pre adjudicar la presente obra de la siguiente manera: zona 1 a la firma PELQUE S.A; zona 2 a la firma OCSA S.A, zona 3 a la firma POSE S.A, zona 4 a la firma FONTANA NICASTRO S.A.C, zona 5 a la firma BRIALES S.A., por resultar ser todas ellas las “ofertas más convenientes” para la Comuna, respecto al presupuesto oficial para cada ítems (zona), y por consiguiente rechazar las demás ofertas de ítems (zonas) presentadas por no ser económicamente convenientes.

Que a continuación luce ampliación de gastos por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES VEINTINUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO con 53/100 ($382.029.178,53).

Que la presente contratación se encuadra en lo normado por el Art. 134 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Decreto Ley 6.769/58), Art. 20 del Pliego de Especificaciones Legales Generales y Art. 23 de la Ley de Obras Públicas (Ley 6.021).-

Por ello,

EL INTENDENTE  MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º: Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 08/2023, para la obra de “FUNCIONALIZACION 2023 – REPAVIMENTACION EN EL PARTIDO DE LA PLATA” en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y demás documentación agregada.-

ARTICULO 2º: Adjudíquese los ítems (zonas) para la obra enunciada en el artículo precedente de la siguiente manera:

Ítems 1 (zona 1) a la firma PELQUE S.A por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO con 95/100 ($475.557.444,95).

Ítems 2 (zona 2) a la firma OCSA S.A por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL NUEVE con 66/100 ($474.591.009,66).

Ítems 3 (zona 3) a la firma POSE S.A por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS con 42/100 ($477.440.986,42).

Ítems 4 (zona 4) a la firma FONTANA NICASTRO S.A.C por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA con 00/100 ($475.792.680,00).

Ítems 5 (zona 5) a la firma BRIALES S.A por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SESENTA Y DOS con 50/100 ($477.766.062,50).

Todo lo anteriormente descripto se encuentra motivado por lo expuesto en los considerandos del presente.-

ARTICULO 3°: Rechácese las ofertas presentadas por las empresas en los Items (zonas) en donde no han resultado adjudicatarias, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.-

ARTICULO 4°: Otorgase a la adjudicataria un Anticipo Financiero correspondiente al 20% (VEINTE PORCIENTO) sobre el monto adjudicado, contra entrega de póliza de caución.-

ARTICULO 5º: El egreso que demande la contratación de la presente obra será atendido con imputación a la U.E. 72 – Secretaria de Obras y Servicios Públicos; Jurisdicción: 1110162000 – Secretaria de Obras y Servicios Públicos; Dependencia: 200112 - Dirección General de Obras Viales; Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.-

ARTICULO 6º: A los efectos del pago se aplicará de corresponder lo establecido en la Ley 11.838.-

ARTICULO 7º: Procédase a la devolución de la garantía de propuesta a las firmas adjudicatarias previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 24° FIRMA DEL CONTRATO – DOCUMENTACION correspondiente al Pliego de Especificaciones Legales Generales.-

ARTICULO 8º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obras y Servicios Públicos.-

ARTICULO 9°: Regístrese, notifíquese a los oferentes y pase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para su reserva hasta la oportunidad de firmarse el respectivo contrato.-

 

Dr. Julio César Garro. Intendente. Dr. Luis Esteban Barbier. Secretario de Obras y Servicios Públicos.