Boletines/Tornquist
Resolución Nº 09/23
Tornquist, 23/04/0018
Visto y considerando
VISTO:
La aplicación de la Verificación Técnica Vehicular para vehículos de uso particular en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que es un tema reiterado de quejas por parte de los usuarios que no ven en la misma, un eslabón en la cadena de medidas para la seguridad vial;
Que la inmensa mayoría de los bonaerenses ven en la VTV un impuesto disimulado en un trámite incomodo que deben hacer por tener un vehículo;
Que el foco debe estar puesto en la seguridad vial, y para eso debemos remitirnos a las estadísticas: según datos elaborados por el Centro de Experimentación y Seguridad Vial (CESVI) la principal causa de la siniestralidad vial con un 89,5% de incidencia es el factor humano, en segundo término, siguen las condiciones de infraestructura con el 8,8 % y por último cuestiones mecánicas con apenas el 1,6 %;
Que el parque automotor ha cambiado desde que se puso en marcha la verificación técnica vehicular hace más de 25 años, durante este cuarto de siglo las automotrices han invertido fundamentalmente en brindar al mercado autos cada vez más seguros, por lo tanto debemos redefinir los parámetros, frecuencias, métodos y certificaciones de la verificación vehicular;
Que en el año 2022 el Diputado Provincial, Emiliano Balbín, presentó Proyecto de Ley con el objeto de discontinuar y aliviar económicamente a los propietarios de vehículos con menos de 7 años de antigüedad, plazo máximo otorgado por la Ley Nacional;
Que se propone suspender un control que afecta el factor minoritario y casi intrascendente de los incidentes viales, como mencionáramos anteriormente solo el 1,6 % es causado por fallas mecánicas;
Que el Proyecto de Ley presentado por el Diputado Emiliano Balbín propone suspender por trescientos sesenta y cinco (365) días, la aplicación del Capítulo VI (Artículos 16°, 17° y 18°) de la Ley Nº 13.927 referidos a la Verificación Técnica Vehicular para vehículos de uso particular;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el pronto tratamiento del Proyecto de Ley, que tramita bajo el Expte. D - 882 / 22-23, del Diputado Emiliano Balbín.
ARTICULO 2°: Enviar copia a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y a los Concejos Deliberantes de la Provincia.
ARTICULO 3°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-