Boletines/Tornquist
Ordenanza Nº 3619/23
Tornquist, 23/04/0018
VISTO:
El Convenio firmado entre el Servicio Coordinador del Centro Regional de Hemoterapia (SCCRH) y el Centro Municipal de Salud de Tornquist Dr. Alberto Castro, y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Convenio tiene por objeto la entrega, por parte del SCCRH, de los hemocomponentes necesarios, para atender los requerimientos habituales el Centro Municipal de Salud;
Que se asume el compromiso de realizar campañas de promoción de donación de sangre entre la población asistida y en la comunidad, tendientes a alcanzar la autosuficiencia regional;
Que dicho Convenio tendrá vigencia desde el 01 de enero del 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2023;
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 41º de la ley Orgánica de las Municipalidades, es necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante;
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Convalídese la firma del Convenio celebrado entre el Servicio Coordinador del Centro Regional de Hemoterapia (SCCRH) con sede en el Hospital H.I.G Dr. José Penna, con domicilio en la calle Láinez Nº 2401 de la ciudad de Bahía Blanca, representado por el Director del Hospital Dr. Lic. Jorge Moyano y el Centro Municipal de Salud de Tornquist Dr. Alberto Castro, representado por el Intendente Municipal Sr. Sergio Bordoni.-
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a abonar a la Asociación Cooperadora del Hospital Penna de Bahía Blanca, los gastos que demande la presentación del Servicio de Hemoterapia, según lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 3º: El Convenio mencionado que consta de diez (10) cláusulas y un Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-
convenio servicio Hemoterapia
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