Boletines/Tornquist

Decreto Nº441/23

Decreto Nº 441/23

Tornquist, 29/03/2023

Visto y considerando

VISTO:

                        La solicitud efectuada por la Subsecretaría de Desarrollo Social a través del Expediente N°44/23, caratulado “S.S.: Solicitud de reconocimiento de declaración de incompetencia de la Dirección del Hospital Municipal ‘Dr. Alberto Castro’”;

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que la Sra. Directora del Hospital Municipal “Dr. Alberto Castro” ha manifestado la necesidad de contratar una persona idónea ad-hoc para afectarlo para a tareas de consultoría y asesoría técnica en torno a procesos relacionados a la organización hospitalaria de cuidados progresivos; a la articulación con el Primer Nivel de Atención en Salud (unidades sanitarias o “salas médicas”); al diagnóstico y tratamiento; a las interconsultas y a la red de derivaciones;

Que conforme refiere la Dirección mentada, deviene necesario fortalecer el equipo de dirección con la incorporación de un perfil con formación médica;

Que la Sra. Directora del Hospital Municipal “Dr. Alberto Castro” se ha declarado incompetente para realizar y asumir las tareas antes mencionadas;

Que el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires establece que “cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. (…) El Departamento Ejecutivo podrá resolver, con el mismo método, las situaciones que se originen cuando, teniendo la Municipalidad organizada su oficina técnica, ésta se declarará incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras públicas. La precitada declaración de incompetencia deberá ser fundada y ser reconocida por el Departamento Ejecutivo.”;

Que es menester dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello, en uso de sus atribuciones,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

D   E   C   R   E   T   A

ARTÍCULO 1º: Téngase presente y acéptese la declaración de incompetencia dispuesta por la Dirección del Hospital Municipal “Dr. Alberto Castro”, en relación con la tarea detallada en el exordio. 

ARTICULO 2º: Autorícese y facúltese a la Secretaría de Salud, a proceder a la  contratación de un profesional ad-hoc para afectarlo a la tarea de: consultoría y asesoría médica y de gestión. 

ARTICULO 3°: Comuníquese y Publíquese. Regístrese y cumplido: ARCHIVESE.