Boletines/Campana
Decreto Nº 1318/22
Campana, 28/12/2022
Expediente 41342/2017 C/5 Retiro Voluntario
Visto
La Ley Provincial N° 14.656, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal N° 4016 – 41342 – 5 – 2017; y
Considerando
Que a fs. 1208 obra solicitud con fecha 28 de noviembre de 2022 mediante la cual la agente Andrea Antonela Sabrina BASUALDO LOZANO, ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provinciales Nº 14.656.
Que la nombrada agente, a través del Acta Acuerdo obrante a fs. 1209 celebrada el 15 de diciembre de 2022 entre la misma y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde esa fecha.
Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar que la Municipalidad le otorgaría la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA ($ 479.160), a realizarse en DOS (2) pagos de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 239.580) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 23 de enero de 2023 y el 20 de febrero del mismo año inclusive.
Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por mil (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 15 de diciembre de 2022, el Retiro Voluntario solicitado por la Sra. Andrea Antonela Sabrina BASUALDO LOZANO (D.N.I. 36.079.556), legajo personal Nº 6736, quien revista en la Planta Permanente de Personal, como Técnica Administrativa VI (administrativa) – clase VI – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 39 horas de labor, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Judiciales, Secretaría Técnica, Administrativa y Legal.-
ARTÍCULO 2°.- Concédese en virtud de lo previsto en la Cláusula 1º del Acta Acuerdo obrante a fs. 1209 celebrada el 15 de diciembre de 2022 entre la Sra. Andrea Antonela Sabrina BASUALDO LOZANO y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA ($ 479.160), a realizarse en DOS (2) pagos de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 239.580) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 23 de enero de 2023 y el 20 de febrero del mismo año inclusive.
ARTÍCULO 3°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por mil (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio. -
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110120000 – Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-
ARTÍCULO 5°. - Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese.-