Boletines/Pilar

Decreto Nº1150/18

Decreto Nº 1150/18

Pilar, 23/03/2018

Corresponde al Expediente N° 727/2018

 Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-727-2018, y

Considerando

Que, el expediente referido ha sido iniciado por el Ente Coordinador de Cooperativas para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 800 m2 de “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calle: F. Rezabal entre L. Baz y A. Somellera, E. de la Carcova entre Teresa de Calcuta y Sivori, E. de la Carcova entre Sivorí y Pellegrini, San Martin entre Ruta N° 25 y Fernández Villanueva y Fernández Villanueva entre San Martin y Moreno, en el Barrio Grosso y Centro de Villa Rosa, de la Ciudad Del Pilar en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley N° 6769/58).

Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 132°: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido e! requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contra tarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”

Que, por decreto del Departamento Ejecutivo n° 3290 de fecha 14/09/2017 obrante a fs. 193 al 196 y del 261 al 270 del expediente municipal N° 16509/2017, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.

Que, atento al informe obrante a fs. 30 el Titular del Jefe de Gabinete el Sr. Juan Pablo Martignone sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Ltda., con domicilio legal en la calle San Salvador 4416 Manuel Alberti, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.

Que, a fs. 41 al 91 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.

Que el presente procedimiento cuenta con respaldo presupuestario a fin hacer frente a las erogaciones propiciadas.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1°: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle: F. Rezabal entre L. Baz y A. Somellera, E. de la Carcova entre Teresa de Calcuta y Sivori, E. de la Carcova entre Sivori y Pellegrini, San Martin entre Ruta N° 25 y Fernández Villanueva y Fernández Villanueva entre San Martin y Moreno, en el Barrio Grosso y Centro de Villa Rosa, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Limitada, CUIT N° 30-71263770-2, por la suma de pesos novecientos dieciséis mil con 00/100 ($916.000,00).-

Artículo 2°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000 Subsecretaria de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 1.1.0 del Tesoro Municipal, Categoría Programática 46.75 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 81 Dir. De Economía Social, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente. 

Artículo 3°: Dese al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archivese.