Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1115/23
Vicente López, 28/02/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-5339-2022
Visto
Las ofertas presentadas en el segundo llamado a Licitación Privada Nº 151 dispuesto por Decreto Nº 272/23 por el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS DE ESTERILIZACION con destino a cubrir las necesidades del año 2023 del Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay y Maternidad Santa Rosa, dependientes de la Secretaria de Salud”, y
Considerando
Que conforme surge del acta de apertura de ofertas del segundo llamado de fs. 321 se han presentado dos oferentes.
Que a fs. 354 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 357/538 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar por menor valor a la firma SINTERG S.R.L. por un total de $ 5.880.000.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma SINTEG S.R.L., por un monto total de Pesos cinco millones ochocientos ochenta mil ($5.880.000,00), el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS DE ESTERILIZACION con destino a cubrir las necesidades del año 2023 del Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay y Maternidad Santa Rosa, dependientes de la Secretaria de Salud”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 357/358.
Artículo 2º.- La suma de Pesos cinco millones ochocientos ochenta mil ($5.880.000,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 0-51 obrante a fs. 176.
Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.
Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Alvarez-Baistrocchi-Scarsi