Boletines/Vicente López

Decreto Nº1076/23

Decreto Nº 1076/23

Vicente López, 27/02/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-5333-2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 3 dispuesto por Decreto Nº 277/23 por la contratación del “SERVICIO DE ESTERILIZACION POR OXIDO ETILENO con destino a cubrir las necesidades del año 2023 del Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay y de la Maternidad Santa Rosa, dependientes de la Secretaria de Salud”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 214 se han presentado dos oferentes.

Que a fs. 218 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 221/222 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar por menor valor a la firma STERI LAB S.R.L. por un total de $ 5.923.020,00.
 

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                           DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma STERI LAB S.R.L., por un monto total de Pesos cinco millones novecientos veintitrés mil veinte ($5.923.020,00), el “SERVICIO DE ESTERILIZACION POR OXIDO ETILENO con destino a cubrir las necesidades del año 2023 del Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay y de la Maternidad Santa Rosa, dependientes de la Secretaria de Salud”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 221/222.

Artículo 2º.- La suma de Pesos cinco millones novecientos veintitrés mil veinte ($5.923.020,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 0-82 obrante a fs. 41 y el Ajuste de Preventiva N° 9-000052 de fs. 226.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi-Baistrocchi