Boletines/Rojas
Decreto Nº 175/23
Rojas, 14/01/2023
Visto
lo actuado en el expediente administrativo municipal Nº 143/23
Considerando
1) Que a fs. 1 el Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Civil Daniel Pedro BOYERAS, solicita la contratación de la Cooperativa de Luz y Fuerza Eléctrica de Rojas Ltda. para que realice la obra de recambio de 67 luminarias por Led Strand 140w. del alumbrado público, hacer acometida nueva de 20 columnas de alumbrado, retirar línea aérea convencional en cable desnudo y ménsulas de las 67 columnas, limpieza y pintura de las 67 columnas y realizar base de 0,50 x 0,50 x 0,50 y aro de terminación, todo en hormigón en las mencionadas 67 columnas, ubicadas en Avenida Fortín Mercedes, desde Avda. San Martín y Ruta Provincial Nº 31 de la ciudad de Rojas;
2) Que de la demás documentación adunada surgen los términos a los cuales deberá someterse dicha contratación;
3) Que la forma de contratación será directa por tratarse la prestadora de una Cooperativa, tal como lo dispone el art. 132 inc. "c" del Dto. Ley 6769/58;
Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Rojas, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Contrátase a la Cooperativa de Luz y Fuerza Eléctrica de Rojas Ltda. para que realice la obra de recambio de 67 luminarias actuales del alumbrado público por unas de tecnología Led Strand 140w., en Avda. Fortín Mercedes desde Avda. Fortín Mercedes desde Avda. San Martín y Ruta Provincial Nº 31 de Rojas, conforme Bases y Condiciones Generales, Memoria Descriptiva y Especificaciones Técnicas, y Planos glosados, en el plazo de sesenta (60) días corridos, por un monto final de Pesos TRECE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 13.960.595), final.-
ARTICULO 2º: Encomiéndase a la Dirección de Asesoría Letrada la instrumentación contractual pertinente.-
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Secretario General de Coordinación y Gobierno Sr. Nicolás Scardino.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Regístrese, Archívese.-
DECRETO Nº 175/2023.-