Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº286

Resolución Nº 286

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/03/2023

Visto la nota presentada por la Administración del Arzobispado de Bahía Blanca, mediante la cual solicita el otorgamiento de los distintos subsidios previstos en el Presupuesto de Gastos del corriente Ejercicio, con destino a las instituciones que integran a dicha entidad; atento lo informado por la Dirección de Logística y Distribución a fs.5 (con el Visto Bueno de la Secretaría de Políticas Sociales), y considerando las imputaciones efectuadas por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) - Otórgase un subsidio al Arzobispado de Bahía Blanca, CUIT Nº 30-52907755-2, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 3.364.289,28.-), el que será utilizado de la siguiente forma:
- PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($ 2.340.000.-) destinados a los diversos programas de la entidad solicitante.-
- PESOS UN MILLON VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 1.024.289,28.-) destinados al Fondo Rotativo Solidario de Materiales.-

ARTICULO 2°) - El subsidio otorgado en el artículo anterior será abonado en dos (2) pagos de $  1.682.144,64 cada uno, mediante la confección de expedientillos.-

ARTICULO 3°) - El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse de la siguiente manera:
- PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($ 2.340.000.-): Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01, Gasto: 5.1.7.0.
- PESOS UN MILLON VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 1.024.289,28.-): Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Categoría Programática 78.01, Gasto 5.1.7.0.

ARTÍCULO 4°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs. 9 del expediente 0-1338-2023, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.10, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-

ARTÍCULO 5°) - A través de las secretarías de Gobierno y de Políticas Sociales se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.

ARTICULO 6º) - Refrende la presente la Secretaría de Políticas Sociales.-

ARTICULO 7º) - Cúmplase, notifíquese a la entidad mediante entrega de copia certificada de la presente, tomen nota Subdirección de Presupuesto, Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-