Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº732/2022

Decreto Nº 732/2022

Veinticinco de Mayo, 24/11/2022

Visto

el expediente N° 4118-03956/2022; y

Artículo 1º): Cesar a partir del 28 de noviembre de 2022, a la agente municipal agente municipal Marta Beatriz ROMERO con D.N.I. N° 13.399.108, leg. N° 264, en el cargo de MUCAMA 2 DE 48 HS. SEMANALES, que venía desempeñando en el Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, para luego acogerse a los beneficios jubilatorios, según lo constituye el expediente N° 4118-03956/2022. Artículo 2º): Abonar a partir del 29 de noviembre de 2022, el anticipo jubilatorio equivalente al 60% de sus haberes hasta tanto perciba los beneficios de la jubilación. Artículo 3º): Imputar la erogación que demande el cumplimiento del artículo anterior a la siguiente partida presupuestaria: 1120000000-1120000001-21.01.00-120-6.0.0.0-6.2.0.0-6.2.1.1- ANTICIPO A JUBILADOS. Artículo 4º): Refrendar por el Secretario de Políticas Sociales y Sanitarias y el Secretario de Coordinación y Gestión Pública. Artículo 5º): Registrar, comunicar y archivar.

Considerando

Que, a fs.4 del expediente mencionado consta la nota presentada por la agente municipal Marta Beatriz ROMERO con D.N.I. N° 13.399.108, leg. N° 264, en la que solicita se realice el Decreto de Cese en el cargo de MUCAMA 2 DE 48 HS. SEMANALES, que venía desempeñando en el Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, a partir del 28 de noviembre de 2022, para luego acogerse a los beneficios jubilatorios y asimismo solicita el pago de anticipo jubilatorio correspondiente; Por ello,

El Intendente Municipal de Veinticinco de Mayo decrta

Artículo 1º): Cesar a partir del 28 de noviembre de 2022, a la agente municipal agente municipal Marta Beatriz ROMERO con D.N.I. N° 13.399.108, leg. N° 264, en el cargo de MUCAMA 2 DE 48 HS. SEMANALES, que venía desempeñando en el Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, para luego acogerse a los beneficios jubilatorios, según lo constituye el expediente N° 4118-03956/2022.

Artículo 2º): Abonar a partir del 29 de noviembre de 2022, el anticipo jubilatorio equivalente al 60% de sus haberes hasta tanto perciba los beneficios de la jubilación.

Artículo 3º): Imputar la erogación que demande el cumplimiento del artículo anterior a la siguiente partida presupuestaria: 1120000000-1120000001-21.01.00-120-6.0.0.0-6.2.0.0-6.2.1.1- ANTICIPO A JUBILADOS.

Artículo 4º): Refrendar por el Secretario de Políticas Sociales y Sanitarias y el Secretario de Coordinación y Gestión Pública.

Artículo 5º): Registrar, comunicar y archivar.