Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1389
Magdalena, 27/10/2022
Visto
El expediente Letra I Nº 910 / 22 mediante el cual tramita la Licitación Publica N° 06 / 22, para la “CONSTRUCCION DE 7800 m2 DE PAVIMENTO ASFALTICO EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-
Considerando
Que, el día 22 del mes de Septiembre del año 2022 ha sido suscripto contrato con la Sra. María Jorgelina Cibraro, DNI. 25.341.185, en representación de la firma SOLIDUM S.A. por un valor total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 50/100 ($ 66.588.915,
Que ha solicitado el Anticipo financiero del 25% del valor total de la obra por un monto de PESOS DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTI OCHO CON OCHENTA Y SIETE CVOS ($16.647.228,87).-
Que se ha emitido el certificado de obra N°2 por un monto de PESOS VEINCUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA Y SIETE ($24.678.539,97).-
Que dicho certificado se encuentra afianzado por las pólizas de caución de SUSTITUCION DE FONDOS DE REPARO N° 47.849 y N° 47.432 de la Compañía PACIFICO por un monto de $1.233.927,00 (Un millón doscientos treinta y tres mil novecientos veintisiete) y $483.018,77 (Cuatrocientos ochenta y tres mil dieciocho con setenta y siete) respectivamente.
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: LIBRESE orden de pago a la empresa SOLIDUM SA representada por la Sra. Maria Jorgelina Cibraro, DNI. 25.341.185, por un monto de DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS CUATRO CON NOVENTA Y SIETE ($18.508.904,97) en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2º: El presente Anticipo Financiero se encuentra afianzado por las Pólizas de caución de SUSTITUCION DE FONDOS DE REPARO N° 47.849 y N° 47.432 de la Compañía PACIFICO por un monto de $1.233.927,00 (Un millón doscientos treinta y tres mil novecientos veintisiete) y $483.018,77 (Cuatrocientos ochenta y tres mil dieciocho con setenta y siete) respectivamente.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, de la Municipalidad de Magdalena Sr. ANDRES LUCIANO GARCIA.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda