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Decreto Nº0016/2023

Decreto Nº 0016/2023

Pellegrini, 02/01/2023

D E C R E T O   N° 0016/23

 

Visto y considerando

El Estatuto del Empleado Municipal sancionado por Ordenanza N° 1280/2016 (t.o. 1594/21), la Ordenanza 1352/2017 y lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 6769/1958 y el Decreto N° 1128/22; y

Que las citadas ordenanzas excluyen del alcance de sus disposiciones a los funcionarios de la planta política sin estabilidad, a los denominados funcionarios de ley (Contador, Tesorero, Jefe de Compras), a quienes acceden por cargos electivos y al secretario administrativo del Concejo Deliberante;

Que en el artículo 50 inc. p del Estatuto del Empleado Municipal vigente, establece dentro del capítulo de licencias, la licencia por el día de cumpleaños;

Que tal innovación tiene como consecuencia el beneficio de fortalecer los lazos familiares del agente;                               

Que el Decreto N° 1128/22 estableció a partir del 1° de Julio de 2022 el otorgamiento de una contribución especial no contributiva, para el agente municipal de la planta permanente y transitoria de este municipio, por la suma de DIEZ MIL PESOS ($ 10.000), con causa en el día del cumpleaños del agente, durante el ejercicio 2022

Que el Departamento Ejecutivo evaluando las dificultades a las que aún nos coloca el rumbo de la economía nacional y el impacto que la inflación genera sobre el salario de los argentinos en general y de los empleados municipales en particular, entiende conveniente acompañar al empleado municipal en el día de su cumpleaños, con un beneficio económico durante el Ejercicio 2023;

Que el Departamento Ejecutivo entiende necesario por el año en curso, fijar un bono especial no contributivo por el día del cumpleaños por la suma de QUINCE MIL PESOS ($ 15.000,00);

Que la oficina de recursos humanos del Municipio ha enviado un listado del personal que cumple años en el mes de enero de 2023;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Establécese a partir del 1° de enero de 2023 y durante todo el ejercicio 2023, el otorgamiento de una contribución especial no contributiva, para el agente municipal de la planta permanente y transitoria de este municipio, por la suma de QUINCE MIL PESOS ($ 15.000), con causa en el día del cumpleaños del agente.

ARTÍCULO 2°: El último día de cada mes el área de Recursos Humanos informará a las áreas de contaduría y de tesorería los compromisos del próximo mes, los que serán imputados a la jurisdicción y dependencia que corresponda, en el concepto 1.1.3.0. “Retribuciones que no hacen al cargo” para el personal de planta permanente y en el concepto 1.2.2.0. “Retribuciones que no hacen al cargo” para el personal de planta temporaria, con la fuente de financiamiento 110 “Tesoro Municipal”. En razón de la licencia prevista en el art. 50 inc. del Estatuto del Empleado Municipal, el depósito se realizará el día anterior a la fecha informada como de cumpleaños del agente.

ARTÍCULO 3°: Quedan excluidos del alcance del beneficio los funcionarios de la planta política sin estabilidad, los denominados funcionarios de ley (Contador, Tesorero, Jefe de Compras), quienes acceden por cargos electivos y el secretario administrativo del Concejo Deliberante.

ARTICULO 4°: Procédase a pagar la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00) a los siguientes agentes municipales, los cuales cumplen años en el mes de enero de 2023:

 

Legajo

Agente

Fecha de Nacimiento

1118

Cabral Elio Samuel

03/01/2001

679

Gelabert José Osvaldo

04/01/1979

621

Torres María Del Rosario

06/01/1976

437

Castro Roberto Carlos

07/01/1969

1082

Afonso María Carolina

08/01/1992

1030

Royg Maria De Los Milagros

12/01/1998

1090

Pildain Facundo Gaston

13/01/1982

1014

Gazzeli Soledad Luciana

15/01/1989

1129

Costa Alicia Verónica

16/01/1973

550

Marengo Rodolfo Luján

21/01/1962

1130

Ruiz Diaz Roberto Raul Porfirio

21/01/1974

1097

Baldes Cyntia Romina

22/01/1992

613

Cerfolio Jorge Omar

22/01/1973

1135

Cabral Milagros Anyelen

28/01/1994

884

Abaca Melisa Soledad

28/01/1992

773

Alvarez María Magdalena

28/01/1989

614

Barzola Javier Antonio

30/01/1974

 

ARTÍCULO 5°: Comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido, archívese.