Boletines/Tandil

Decreto Nº958/2023

Decreto Nº 958/2023

Tandil, 18/03/2023

Visto

El acta acuerdo celebrada con el Sindicato de Trabajadores Municipales el 15 de diciembre de 2022, sobre la postulación de agentes para los cargos de Supervisión y Coordinación del sector Mucamas/os del Sistema Integrado de Salud Pública

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la responsable a cargo del Departamento de Contaduría del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Desígnese a la agente María Claudia Spano – Legajo 10.477, en carácter interina como Supervisora de Mucamas/os, en la categoría 12 – 48 horas semanales, reservando su cargo actual de revista, categoría 8 – 48 horas semanales de la planta permanente. Conforme Cláusula Cuarta del acta deberá abonarse a la trabajadora una bonificación especial equivalente a la diferencia entre el básico de la categoría 14 con la categoría 12, a partir del 1° de enero de 2023.

Artículo 2°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 – Hospital de Niños “Debilio Blanco Villegas”, 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.4 Bonificación por Jefatura del Presupuesto en vigencia.

Artículo 3°: Desígnese a la agente Andrea Palmira Abbruzzese – Legajo 10. 771, en carácter interina como Coordinadora de Mucamas/os, en la categoría 12 – 48 horas semanales, reservando su cargo actual de revista, categoría 7 – 48 horas semanales de la planta permanente, a partir del 1° enero de 2023.

Artículo 4°: Desígnese al agente Matías José Beguiristain – Legajo 11.090, en carácter interino como Coordinador de Mucamas/os, en la categoría 12 – 48 horas semanales, reservando su cargo actual de revista, categoría 7 – 48 horas semanales de la planta permanente, a partir del 1° de enero de 2023.

Artículo 5°: La erogación que implique las designaciones referidas en los artículos 3° y 4° deberá imputarse a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 – Hospital Ramón Santamarina – Administración y Conducción, 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.4 Bonificación por Jefatura del Presupuesto en vigencia.

Artículo 6°: Insístase ante el Departamento de Contaduría las erogaciones dispuestas en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 8°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Servicios Generales, de Recursos Humanos, y Contaduría del Ente, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)                   - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud            -                Intendencia