Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 98
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/03/2023
Visto lo informado por la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano a fs. 1 y CONSIDERANDO
Que en dicho informe, el Subsecretario de Planificación y Desarrollo Urbano indica que se tramita ante este Municipio el ICU 1352/2022, donde se pretende la presentación de planos y documentación para la aprobación del edificio de acceso a un barrio privado a desarrollar sobre los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. IV - Secc. E - Ch 22 - Parcela 1 c - Partida 69978 y Circ. IV - Secc. E - Ch 21 - Parcela 2 e - Partida 26994.
Que la urbanización proyectada obtuvo un acceso al cupo urbanizador según Ordenanzas 15.637 y sus modificatorias, cumpliendo con las diversas etapas previstas en el pliego de especificaciones técnicas del "Concurso de propuestas para acceder al cupo urbanizador".
Que superada dicha instancia, se adjudicó mediante Decreto 2867/2019 y su modificatorio 3054/2019 el cupo urbanizador para 310 (trecientos diez) parcelas, otorgando prefactibilidad de localización para el emplazamiento de un conjunto inmobiliario bajo la tipología de barrio cerrado en dichos inmuebles.
Que por expediente 290-160/2013 se visó en este Municipio un proyecto de mensura y unificación de las parcelas involucradas en el proyecto de urbanización a fin de generar la parcela a afectar al conjunto inmobiliario.
Que asimismo, indica el mencionado Subsecretario que se encuentra en trámite la prefactibilidad de Barrio Cerrado en la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial mediante expediente ex-2023-04421604-_gdeba-dpouuytmggp.
Que agrega que existen otros actos administrativos que reconocen las características del proyecto y usos propuestos.
Que la construcción que se pretende presentar se corresponde con las instalaciones preliminares del proyecto urbanístico oportunamente aprobado por este Municipio.
Que la edificación solicitada propuesta no genera perjuicio al interés público custodiado por las Ordenanzas Municipales que rigen la zonificación en la que se encuentran emplazadas las parcelas, ni altera la morfología del sector, por el contrario, se tuvo en consideración al momento de ser otorgado el cupo urbanizador, pues se encuentra contemplada en la memoria descriptiva y planimetría del sector que se tuvo en cuenta en dicha instancia.
Que la finalidad de la edificación propuesta es permitir el acceso al barrio cerrado en condiciones seguras y como puesto de vigilancia de las maquinarias y materiales de construcción que, cuando resulte oportuno, se afecten al desarrollo del proyecto en cuestión, lo cual reviste carácter complementario de las futuras edificaciones que se realicen en las unidades que genere el plano de mensura una vez que se encuentre aprobado.
Que concluye el Subsecretario de Planificación y Desarrollo Urbano informando que considera factible admitir en ambas parcelas como uso admisible especial el de "Edificio de acceso a barrio y oficinas administrativas" respecto a las actuaciones en curso del ICU 1352/2022, donde en el croquis de fs 4 se puede observar que las construcciones proyectadas tratan de oficinas administrativas y dependencias de servicio.
Que a fs. 5, el asesor letrado de la Subsecretaría de Planificación indica que en el caso concreto, se observa que ha sido iniciado ICU, anteriormente relacionado, y de su lectura se desprenden elementos que permiten arribar a las conclusiones reseñadas en el escrito de fs. 1.
Que sugiere el abogado que se resuelva la cuestión por acto administrativo a efectos de asignar certeza y previsibilidad a la situación jurídica subjetiva que se generará con el reconocimiento que, eventualmente, realice el Municipio al uso descripto en el ICU 1352/2022.
Por lo expuesto, el SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, en uso de las facultades que le confiere el artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires
- RESUELVE -
PRIMERO: Declarar, en el marco del Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano, con carácter de admisible especial, el uso "Edificio de acceso a barrio, oficinas administrativas" para su desarrollo en los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. IV - Secc. E - Ch 22 - Parcela 1 c - Partida 69978 y Circ. IV - Secc. E - Ch 21 - Parcela 2 e - Partida 26994, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a lo antecedentes obrantes en el expediente 446-1892/2023.
SEGUNDO: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., notifíquese, tomen conocimiento los Departamentos Territorial, Planeamiento Urbano, Contralor de Obras Particulares y demás dependencias que correspondan. Hecho, ARCHÍVESE.-