Boletines/Balcarce

Decreto Nº2899/17

Decreto Nº 2899/17

Balcarce, 13/11/2017

Visto

El Expediente N° 1811/B/2017, por el que se tramitan  los subsidios en el marco del Fondo de Fortalecimiento para la Competencia Deportiva de los Clubes deportistas de Balcarce y

Considerando

Que dicho Fondo fue creado mediante Ordenanza N° 173/16.

Que a fojas 8/9 se establecen con el Decreto N° 2043/17, los valores a entregar en forma de Subsidio a los Clubes por cada Disciplina Deportiva que desarrollen en forma competitiva dentro de federaciones oficiales y a los Deportistas Amateurs Federados clasificados a una competencia internacional.

Que se adjunta la solicitud de Subsidio del Deportista Nahuel Aurelio Luengo, DNI. 34.058.733, en su especialidad Atletismo.

Que el día 11 de Octubre de 2017, la Comisión de Cultura, Deporte y Educación, resuelve otorgarle un subsidio al deportista Nahuel Aurelio Luengo, DNI. 34.058.733, por la suma de Pesos Cinco mil  ($ 5.000,00).

Que debe dictarse el acto administrativo correspondiente.

El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE,  en uso de las  atribuciones  que  le  confiere  la  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  y  sus modificatorias;

ARTICULO  1ro.: Otórgase un subsidio a favor del deportista NAHUEL AURELIO LUENGO,  DNI. 34.058.733, por la suma de Pesos Cinco mil ($ 5.000,00), destinado a solventar los gastos generales, ocasionados por el viaje a la ciudad de Villa Langostura, en virtud de su participación en el Campeonato Sudamericano, a llevarse a cabo el día 17 de Noviembre del corriente año.

ARTICULO  2do.:  Procédase  por  la Contaduría  a emitir  Orden de  Pago y  por  la Tesorería, el cheque correspondiente.

ARTICULO 3ro.: El gasto establecido en el artículo anterior deberá imputarse a la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia:

Jurisdicción:  1110102000

-Secretaria  de Gobierno Categoría  Programática: 20.01.00

- Fomento del Deporte Partida: 5.1.4.0

-Ayudas Sociales a personas                                                                                               $ 5.000,00 Fuente de Financiamiento:  131

-De origen Municipal

Afectación:          12.9.19.00       Fondo  de  Fortalecimiento   para  la  Competencia Deportiva de los Clubes y Deportistas de Balcarce.

 

ARTICULO 4to: Insístase ante Contaduría Municipal para efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos disponibles y sin partida según los Artículos 31°, 118°, 186° y 187° de la L.O.M., Artículo del  RC y Artículos 32° y  40° del Decreto Provincial N° 2980/00.

ARTICULO 5to.: El beneficiario  deberá  rendir  cuentas  de  la  correcta  inversión de los fondos acordados por el presente Decreto dentro de los treinta días de recibidos los mismos.

ARTICULO 6to.: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales Contaduría, Tesorería, a los interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.