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Decreto Nº858

Decreto Nº 858

Pilar, 20/03/2017

Corresponde al Expediente N° 13171/16 - 891/16

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por el que se tramita homologar un “CONVENIO DE COLABORACION” celebrado entre la SUBSECRETARIA SOCIAL DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA perteneciente al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DEL PILAR, y

Considerando

Que el presente convenio tiene por objeto llevar a cabo acciones de apoyo y cooperación en el marco de lo dispuesto por la Ley 24374;

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la convalidación del Convenio suscrito, de acuerdo a lo determinado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 410;

Que por ello, el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 16/2017

El Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTICULO PRXMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 16/2017, cuya parte dispositiva dice:

Artículo 1°: HOMOLOGASE el “CONVENIO DE COLABORACION” celebrado entre la SUBSECRETARIA SOCIAL. DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA perteneciente al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DEL PILAR, cuyo texto luce a fojas 7 y 8 de las presentes actuaciones y la copia autenticada se incorpora como ANEXO 1 de la presente Ordenanza.

Artículo 2°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 16 de Febrero de 2017.-

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura cte Gabinete, Dirección de Tierras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.

Anexos

Anexo pagina 1

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Anexo pagina 2

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Anexo pagina 3

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Anexo pagina 4

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