Boletines/Pilar
Decreto Nº 858
Pilar, 20/03/2017
Corresponde al Expediente N° 13171/16 - 891/16
PILAR,
Visto
El expediente de referencia, por el que se tramita homologar un “CONVENIO DE COLABORACION” celebrado entre la SUBSECRETARIA SOCIAL DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA perteneciente al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DEL PILAR, y
Considerando
Que el presente convenio tiene por objeto llevar a cabo acciones de apoyo y cooperación en el marco de lo dispuesto por la Ley 24374;
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la convalidación del Convenio suscrito, de acuerdo a lo determinado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 410;
Que por ello, el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 16/2017
El Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO PRXMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 16/2017, cuya parte dispositiva dice:
Artículo 1°: HOMOLOGASE el “CONVENIO DE COLABORACION” celebrado entre la SUBSECRETARIA SOCIAL. DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA perteneciente al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DEL PILAR, cuyo texto luce a fojas 7 y 8 de las presentes actuaciones y la copia autenticada se incorpora como ANEXO 1 de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 16 de Febrero de 2017.-
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura cte Gabinete, Dirección de Tierras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.