Boletines/Pilar

Decreto Nº729/17

Decreto Nº 729/17

Pilar, 07/03/2017

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 3748/17

PILAR

Visto

El Expediente Nº 3748/17, la sanción de la Ordenanza Municipal N°407/16 que regula la actividad publicitaria en el Distrito Del Pilar, y

Considerando

Que la Ordenanza Municipal N2 407/16 se dictó con el objeto de regular las condiciones de la actividad publicitaria exterior, quedando sometido a su ámbito de aplicación toda actividad publicitaria que se desarrolle y se perciba desde y en el espacio público cualquiera sea el sistema utilizado para la transmisión del mensaje y las condiciones de colocación, conservación y retiro de las instalaciones y/o elementos publicitarios mediante los cuales se desarrolla y materializa la actividad objeto de la misma.

Que en su artículo 42 se dispuso que el Departamento Ejecutivo establezca una Autoridad de Aplicación del citado régimen.

Que en este sentido, resulta imprescindible articular un área específica del Municipio que se avoque a la fiscalización del cumplimiento de la Ordenanza, en virtud de la importancia y relevancia que la materia ha adquirido en el Partido del Pilar.

Que, asimismo, resulta necesario para ofrecer soluciones adecuadas a la actividad publicitaria con previsibilidad, transparencia y seguridad normativa y jurídica.

Que además, la aplicación de la norma vigente, llevará a que la ciudad restituya su identidad patrimonial integral de sus fachadas, se redescubran frentes antiguos, hasta hoy tapados por carteles y marquesinas, y se jerarquice la actividad comercial del Partido del Pilar, entre otros tantos beneficios, para el ciudadano y sus visitantes.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente de este Departamento Ejecutivo.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades atribuidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades y por el artículo 42 de la Ordenanza Municipal Nº 407/16.

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1°: CRÉASE la Dirección de Publicidad, Propaganda y Ocupación del Espacio Público, la que actuará bajo la órbita de la Subsecretaría de Planeamiento, dependiente de la Jefatura de Gabinete, desde el día 07 de Marzo de 2017.

Artículo 2º: DISPÓNESE que los gastos que insuma la Dirección que por el presente se crea, serán imputados a la jurisdicción 1.1.1.01.16.000 categoría programática 01.09 del presupuesto en vigencia.

Artículo 3º: DESIGNASE como Director de la Dirección de Publicidad, Propaganda y Ocupación del Espacio Público al Sr. Atilio Rodolfo Catelli, DNI 20.736.175, a partir del día 07 de Marzo de 2017.

Artículo 4º: DESÍGNASE como Autoridad de Aplicación de la Ordenanza Municipal N 407/16 a la Dirección de Publicidad, Propaganda y Ocupación del Espacio Público, cuyas funciones serán las siguientes:

1) Evaluar y aprobar las autorizaciones y propuestas en materia de publicidad contempladas en la Ordenanza Municipal N 407/16.

2) Tomar parte en la consideración de iniciativas de modificación de la legislación vigente en materia de publicidad.

3) Proponer la reglamentación de toda iniciativa concerniente a la actividad publicitaria.

4) Fiscalizar el uso del espacio público y privado en lo concerniente a esta materia.

5) Tener a su cargo el procedimiento para la obtención de los permisos de publicidad.

6) Controlar y fiscalizar el cumplimiento de la Ordenanza Municipal N 407/16.

7) Propiciar el llamado a licitación y confeccionar los pliegos correspondientes, de todo mobiliario urbano existente o los que en el futuro existieren, cuando sea materia de actividad publicitaria,

8) Llevar y administrar el Registro de Anunciantes creado por el artículo 49 de la Ordenanza Municipal N 407/16.

Artículo 5º: El Director de Publicidad, Propaganda y Ocupación del Espacio Público mediante la emisión de Disposiciones, tomará las resoluciones finales en las materias que se detalla:

a) Autorizar, aplicar bajas y caducidades de ocupación en la vía pública y de toda estructura en predios privados que tenga por fin la actividad publicitaria que se desarrolle y se perciba desde y en el espacio público, cualquiera sea el sistema utilizado.

b) Otorgar permisos para la fijación de afiches en carteleras y pantallas instaladas en la vía pública propiedad de la Municipalidad del Pilar, mesas, sillas, automóviles, motos, embarcaciones, porta bicicletas —bicicleteros- cajones de frutas y verduras, etc., cuando ocupen el espacio público.

c) Autorizar, controlar, aplicar bajas y caducidades de todo mobiliario, refugio de parada de colectivo, transluminícos-chupetes y cara pantallas para fijar afiches.

d) Autorizar, controlar, aplicar bajas y caducidades de todos los permisos otorgados dentro del marco de la Ordenanza Municipal NQ 407/16.

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que en virtud de la designación de la Autoridad de Aplicación de la Ordenanza Municipal N2 407/16, que por la presente se crea, deberán remitirse todos los trámites relacionados con la actividad que la citada Ordenanza regula, a la Dirección de Publicidad, Propaganda y Ocupación del Espacio Público, para la prosecución y adecuación, en su caso, del trámite.

Artículo 7º: DÉSE al Registro Municipal, publíquese. Cumplido con las debidas constancias, archívese