Boletines/Pilar

Decreto Nº723/17

Decreto Nº 723/17

Pilar, 07/03/2017

Corresponde al Expediente N° 587/17

Pilar,

Visto

El expediente N° 587/17, realizado para contratar cori una empresa la provisión del servicio de alquiler de un (1) Arco en C, generador de alta frecuencia, tubo RX de Anodo giratorio intensificador de imágenes, monitor de TV, Sistema de filtrado digital de imágenes e inversiones.

Considerando

Que a fs. 2 y 3, obran la Solicitud de Pedido Nro. 3-85-26 de fecha 11/01/2017, por un total de $ 336.800,00.- (pesos trescientos treinta y seis mil ochocientos) y la Solicitud de Gastos Nro. 0-306 de fecha 13/01/2017 respectivamente.

Que para ello la Dirección de Compras realizó el Concurso de Precios n° 2, constando a fs.16 el Registro de Invitaciones según RAFAM con las invitaciones cursadas a los proveedores.

Que al presente llamado se presentaron las ofertas correspondientes a las firmas: “Rayos Pimax S.R.L.”, “Cardiotécnica S.R.L.” y “Imágenes Pilar S.A.”.

Que a fs.20 y 158 obran el Acta de Apertura de propuestas de fecha 27 de Enero de 2017 y Cuadro Comparativo de Ofertas respectivamente, de donde surge que la oferta más conveniente corresponde a la firma RAYOS PIMAX S.R.L.

Que la presente contratación se realiza en un todo de acuerdo con el 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires

Que el dictado del presente se hace en uso de las atribuciones conferidas por el artículo n° 108 inc.) 17 del Decreto 6769/58.

El Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1°: Adjudícase Concurso de Precios Nº 2/2017 para la contratación del servicio de alquiler por ocho (8) meses de un (1) Arco en C, generador de alta frecuencia, tubo RX de Anodo giratorio intensificador de imágenes, monitor de TV, Sistema de filtrado digital de imágenes e inversiones a la firma RAYOS PIMAX S.R.L. (1-10396), CUIT N° 30-64520018-3, con domicilio en la calle Lascano n° 4431, C.A.B.A., por un importe total de $ 335.200,00.- (pesos trescientos treinta y cinco mil doscientos).

Artículo 2°: Procédase a la devolución de las garantías a los oferentes no adjudicados.

Artículo 3°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en Jurisdicción 1.1.1.01.06.000, Fte. Fin 1.1.0., Cat. Progr. 29.01, U.E. 85, y objeto del gasto 322.005.042, del presupuesto de gastos vigente.

Artículo 4°: Dése al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Compras, y de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias archívese