Boletines/Pilar
Decreto Nº 654/17
Pilar, 02/03/2017
Corresponde al Expediente N° 549/17
Pilar
Visto
El expediente N° 549/17, realizado para contratar con una empresa la provisión del servicio de alquiler de un (1) ecógrafo marca tipo Chison, Doppler color, modelo IVIS 30/60 y un (1) mamógrafo tipo General Electric, modelo DMR completo con calibración para RX Digital y,
Considerando
Que a fs. 2 y 4, obran la Solicitud de Pedido Nro. 3-85-19 de fecha 10/01/2017 por un total de $ 344.000,00.- (pesos trescientos cuarenta y cuatro mil) y la Solicitud de Gastos Nro. 0-305 de fecha 13/01/2017 respectivamente.
Que para ello la Dirección de Compras realizó el Concurso de Precios n° 1, constando a fs.17 el Registro de Invitaciones según RAFAM con las invitaciones cursadas a los proveedores.
Que al presente llamado se presentaron las ofertas correspondientes a las firmas: “Rayos Pimax S.R.L.”, “Imágenes Pilar S.A.” y “Cardiotécnica S.R.L.”.
Que a fs. 21 obra el Acta de Apertura de Propuestas de fecha 27 de enero de 2017 y a fs. 158 Cuadro Comparativo de Ofertas respectivamente, de donde surge que la oferta más conveniente corresponde a la firma RAYOS PIMAX S.R.L.
Que la presente contratación se realiza en un todo de acuerdo con el 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires
Que el dictado del presente se hace en uso de las atribuciones conferidas por el artículo n° 108 inc.) 17 del Decreto 6769/58.
El Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Adjudícase la contratación del servicio de alquiler por (4) meses de un (1) ecógrafo marca Chison, Doppler color, modelo IVIS 30/60 completo con todo sus transductores y un (1) mamógrafo marca General Electric, modelo DMR completo con calibración para RX digital destinados al Hospital Sanguinetti, a la firma RAYOS PIMAX S.R.L. (1-10396), CUIT N° 30-64520018-3, con domicilio en la calle Lascano n° 4431, C.A.B.A., por un importe total de $ 339.800,00.- (pesos trescientos treinta y nueve mil ochocientos).
Artículo 2º: Procédase a la devolución de las garantías a los oferentes no adjudicados.
Artículo 3°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000, Fte. de Fin, 1.1.0., Cat. Progr. 28.01, U.E. 85, y código de gasto 322.005.037 y 322.005.044.
Artículo 4°: Dése al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Compras, y de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.