Boletines/General Villegas

Decreto Nº2053/22

Decreto Nº 2053/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 29/11/2022

VISTO:

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Hilbert Natalia Liza c/ Borda Maximiliano Enrique s/ Ejecución de Honorarios - Expediente Nº 34.479/22” registrado como Expediente Nº 12748/22, solicitando se trabe embargo por el porcentaje de ley, sobre los haberes que percibe el señor Maximiliano Enrique Borda, D.N.I Nº 37.761.584 en concepto de capital (Honorarios) más el 20% que se presupuestan provisoriamente para cubrir accesorios legales; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4, obra el informe del Departamento de Personal, donde se consignan los datos del agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre los haberes a percibir hasta cubrir la suma de Pesos setenta mil cuatrocientos cuatro con 64/100 ($ 70.404,64.-) en concepto de capital más el 20% que se presupuestan para accesorios legales.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe el agente, hasta cubrir la suma consignada y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 027 – 0503001/0, CBU Nº 0140355627665750300100 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de este Juzgado y para estos autos.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar en el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe el agente Maximiliano Enrique Borda, Legajo Personal Nº 3998, 230 módulos, 48 horas semanales, Jurisdicción 1110111000, Categoría Programática 28.02.00, Planta Permanente, Personal de Servicio, Auxiliar B, hasta cubrir la suma de Pesos setenta mil cuatrocientos cuatro con 64/100 ($ 70.404,64.-) en concepto de capital con más el 20% que se presupuestan provisoriamente para cubrir accesorios legales conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas en autos caratulados “Hilbert Natalia Liza c/ Borda Maximiliano Enrique s/ Ejecución de Honorarios – Expediente Nº 31.177/20” registrado como Expediente Nº 12748/22.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 027 – 0503001/0, CBU Nº 0140355627665750300100 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal General Villegas a la orden de este Juzgado y para estos autos.

ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:

74003 - EMBARGOS

ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.