Boletines/General Villegas

Decreto Nº2052/22

Decreto Nº 2052/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 29/11/2022

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 12581/22, pertenecientes al Concurso Abierto de Ofertas para la concesión de la confitería y restaurante del Balneario Municipal “Aldo Rodríguez Orozco” del Parque Municipal “Gral. José de San Martín”, durante los meses de diciembre de 2022 a marzo de 2023, a fin de brindar un mejor servicio a la comunidad; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1980/22 se dispuso el respectivo llamado a concurso abierto de ofertas.

Que de fojas 7 a 25 se acompañan las ofertas de los señores Valeria Alejandra Navarro y Roberto Francisco Figueroa.

Que de fojas 26 se adjunta Acta de Apertura de Propuestas.

Que a fojas 28 la Secretaria de Deportes y Turismo a cargo de las Secretarías de Educación y Cultura, habiendo tomado conocimiento estima conveniente adjudicar el concurso al señor Roberto Francisco Figueroa, quien ofrece un canon mensual de Pesos treinta mil        ($ 30.000.-) desde el mes de diciembre de 2022 hasta marzo de 2023.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 30.

Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase el Concurso Abierto de Ofertas para la concesión de la confitería y restaurante del Balneario Municipal “Aldo Rodríguez Orozco” del Parque Municipal “Gral. José de San Martín” durante los meses de diciembre de 2022 a marzo de 2023, al señor Roberto Francisco Figueroa, DNI Nº 12.567.091, estableciéndose un canon mensual de Pesos treinta mil ($ 30.000.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 12581/22, por las razones expuestas precedentemente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en el concurso mencionado en el Artículo Primero, al oferente Valeria Alejandra Navarro, por no resultar convenientes a los intereses municipales.

ARTÍCULO TERCERO: Suscríbase el respectivo Contrato de Concesión.

ARTÍCULO CUARTO: El ingreso del canon señalado en el Artículo Primero deberá ser imputado al siguiente rubro:

1250100

LOCACION DE BIENES MUNICIPALES

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, de Deportes y Turismo, Compras, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.