Boletines/General Villegas

Decreto Nº2025/22

Decreto Nº 2025/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 24/11/2022

VISTO:

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Contreras Alejandra Verónica Mabel c/ Rodríguez Agustín s/ Cobro Ejecutivo - Expediente Nº 34.175/22” registrado como Expediente Nº 11883/22, solicitando se trabe embargo preventivo sobre las sumas de dinero que tenga a cobrar el proveedor del Municipio Agustín Rodríguez, D.N.I. N° 43.393.987, hasta cubrir el importe correspondiente al crédito reclamado, reteniéndose la suma de Pesos doscientos sesenta mil doscientos doce ($ 260.212.-) con más 50% que se presupone para responder a intereses, gastos y costas del juicio; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6 interviene la Contaduría Municipal, informando que el proveedor Agustín Rodríguez inscripto con el N° 3850, es prestador de servicios de la Municipalidad desde el 19 de febrero de 2020, asimismo durante el presente ejercicio se la han solicitado trabajos los cuales han sido pagados respectivamente, siendo el último pago el día 3 de noviembre de 2022, sin embargo quedan pendientes saldos de órdenes de compra, que en cuento ingresen se procederá al realizar el embargo correspondiente.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 7, solicitando se autorice a retener sobre las sumas que tenga a cobrar en el presente y/o futuro como proveedor de la Municipalidad de General Villegas, hasta cubrir el importe de Pesos doscientos sesenta mil doscientos doce     ($ 260.212.-) correspondiente al crédito reclamado en concepto de embargo preventivo con más 50% que presupone “prima facie” para responder a intereses, gastos y costas del juicio y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 6657 - 027 – 0502980/3, CBU Nº 0140355627665750298038 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de este Juzgado y para estos autos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Contaduría Municipal, a retener de las sumas que tenga para cobrar en el presente y/o futuro el proveedor Agustín Rodríguez, D.N.I N°43.393.987, el monto de Pesos doscientos sesenta mil doscientos doce ($ 260.212.-) en concepto de embargo preventivo con más el 50% que se presupone “prima facie” para responder a intereses, gastos y costas del juicio, conforme lo ordenado en el oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas en autos caratulados “Contreras Alejandra Verónica Mabel c/ Rodríguez Agustín s/ Cobro Ejecutivo – Expediente Nº 34.175/22” registrado como Expediente Nº 11883/22.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 6657 -  027 – 0502980/3, CBU 0140355627665750298038 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de este Juzgado y para estos autos.

ARTÍCULO TERCERO: Remítase copia al Juzgado interviniente.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.