Boletines/General Villegas

Decreto Nº1984/22

Decreto Nº 1984/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 16/11/2022

VISTO:

El Expediente Nº 8967/22, mediante el cual tramitó el llamado a Licitación Privada Nº 28/22 destinado a la “Provisión de mano de obra y materiales para la remodelación del edificio del Puesto de Vigilancia de Santa Regina”; y

CONSIDERANDO:

Que no se presentó ningún oferente conforme surge de las actas de apertura obrante a fojas 56 y 65. La Secretaría de Seguridad a fojas 72 solicita contratar en forma directa a la señora Andrea María Aguirre en la suma de Pesos nueve millones setecientos noventa y tres mil               ($ 9.793.000), por resultar conveniente a los intereses municipales, en razón de superar un siete con cuatro por ciento (7,4%) el presupuesto oficial del mes de agosto. No formulando objeciones a lo solicitado por la Jefa de Compras.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 78 y 79, sugiriendo dictar el acto administrativo pertinente autorizando la contratación en forma directa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132 inciso f de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Nº 6769/58, previa intervención de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial.

Que el Decreto Ley Nº 6769/58, habilita a contratar en forma directa cuando no se presentaren oferentes, como en este proceso licitatorio.

Que en el marco de las facultades conferidas por los artículos 107, 108 y concordantes de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a las oficinas competentes a contratar en forma directa a la señora ANDREA MARÍA AGUIRRE para la realización de la obra “Provisión de mano de obra y materiales para la remodelación del edificio del Puesto de Vigilancia de Santa Regina”, en la suma de Pesos nueve millones setecientos noventa y tres mil ($ 9.793.000).

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorícese a las oficinas competentes a realizar las adecuaciones contables y presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo ordenando en el artículo primero.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial, Contaduría, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Secretaría de Seguridad, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.