Boletines/Vicente López
Decreto Nº 738/23
Vicente López, 13/02/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-5251-2022
Visto
El Llamado a Licitación Pública Nº 97 dispuesto por Decreto Nº 5873/22 por la “ADQUISICION DE LICENCIAMIENTO PARA SERVERS DEL NUEVO CLUSTER EN EL PALACIO MUNICIPAL”, y
Considerando
Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 82 no se presentó ningún oferente.
Que en virtud de ello, la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación a fs. 92 aconseja declarar desierta la Licitación y proceder a realizar un segundo llamado.
Que la Dirección General de Contaduria a fs. 86 y 89 realizó las Solicitudes de Gastos Nros. 0-642 y 0-828 respectivamente.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- DECLARAR DESIERTA la Licitación Pública Nº 97, oportunamente dispuesta por Decreto Nº 5873/22 en merito a las razones expuestas en el exordio.
Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Pública N° 97 por la “ADQUISICION DE LICENCIAMIENTO PARA SERVERS DEL NUEVO CLUSTER EN EL PALACIO MUNICIPAL”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 15/26 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 34/41.
Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos veinte millones trescientos trece mil cuatrocientos ochenta y cuatro ($20.313.484,00) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 4º.- Publicar avisos por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el diario Sucesos y por un (1) día en el Diario La Nación.
Artículo 5º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos veinte mil trescientos trece ($20.313,00).
Artículo 6º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 9/03/23 a las 12:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 7º.- Refrendar el presente Decreto los Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 8º.- Tomar conocimiento la Secretaría de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Compras y Licitaciones, Tesorería y Contaduría) y Jefatura de Gabinete.
Artículo 9º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Alvarez-Baistrocchi