Boletines/Lobería
Decreto Nº 206-23
Lobería, 25/01/2023
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza N° 2.721/22, el Decreto Nº 029/23; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ING. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizará trabajos de albañilería en las diez (10) viviendas del Programa Bonaerense II – Solidaridad, ubicadas en calles F. López y Lamadrid de la ciudad de Lobería, a partir del 14 de enero de 2023;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizará trabajos de albañilería en diez (10) viviendas del Programa Bonaerense II – Solidaridad, ubicadas en calles F. López y Lamadrid de la ciudad de Lobería, a partir del 14 de enero de 2023:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
- AZCONA, HORACIO HUGO 11.134.690
- AZCONA, FRANCISCO HOMERO 26.858.990
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Techo con estructura de perfil $ 351.627,91
Cargas revocadas $ 276.605,49
Colocación de babetas $ 74.988,74
Colocación de aberturas $ 131.059,81
Revoque interior fratasado $ 463.975,81
Revoque exterior fratasado/hidrófugo $ 579.670,33
Revoque fino interior y exterior $ 610.789,58
Carpeta hidrófuga $ 65.582,09
Base de tanque $ 69.767,44
Vereda de hormigón $ 59.167,26
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 2.683.234,46.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 2.307.581,64.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 321.988,14. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 69 Construcción de 10 Viviendas I.V.B.A – 5.2.1.0. Transferencias a personas – F.F 132 De origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 206-23