Boletines/Lobería
Decreto Nº 186-23
Lobería, 23/01/2023
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto N° 029/23; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23, que realizará trabajos de albañilería en 10 viviendas ubicadas en calles F. López y Lamadrid de la ciudad de Lobería, a partir del 12 de enero de 2023;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23 que se detalla a continuación, que realizará trabajos de albañilería en 10 viviendas ubicadas en calles F. López y Lamadrid de la ciudad de Lobería, a partir del 12 de enero de 2023:
APELLIDO Y NOMBRE NÚMERO DE DOCUMENTO
PEREZ, LUCAS DANIEL 37.385.653
AMOR, GABRIEL 40.058.457
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Techo con estructura de perfil $ 448.325,58
Cargas revocadas $ 276.605,49
Colocación de babetas $ 74.988,74
Colocación de aberturas $ 131.059,81
Revoque interior fratasado $ 463.975,81
Revoque exterior fratasado/hidrófugo $ 579.670,33
Revoque fino interior/exterior $ 610.789,58
Contrapiso de hormigón pobre $ 113.404,98
Carpeta hidrófuga $ 131.164,19
Base de tanque $ 69.767,44
Vereda de hormigón $ 59.167,26
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 2.958.919,20.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 2.544.670,51.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 355.070,30. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 69 Construcción de 10 Viviendas I.V.B.A. – 5.2.1.0. Transferencias a Personas – F.F. 132 De origen Provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 186-23