Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº6256/22

Ordenanza Nº 6256/22

Pinamar, 16/09/2022

etada parcialmente articulo 13 por decreto 2203/2022 VISTO: El Expedientes N° 4123-2895/21 Cpo. 1 , Cpo.1 Alc. 1 y Cpo. 2 caratulado “CALCULO DE RECURSOS Y PRESUPUESTO DE GASTOS 2022” ; Y CONSIDERANDO: Que mediante los mismos se ha tramitado el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2022, y la modificación del Código Tributario; Que el mismo ha sido elaborado de acuerdo con los lineamientos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Decreto Provincial N° 2980/00 y las estimaciones realizadas en base a las modificaciones al Código Tributario ya aprobadas, y a la situación a la que nos ha llevado la actual crisis, por la cual está atravesando tanto el Municipio como la Provincia de Buenos Aires; Que el Departamento Ejecutivo ha elaborado el Presupuesto de Gastos 2022 adaptándolo a la estructura de Secretarías propuestas para el año 2022 y ha dado cumplimiento en la remisión de los formularios obligatorios establecidos en el Decreto Provincial 2980/00 y que forman parte de los anexos de la presente Ordenanza; Que el Cálculo de Recursos 2022 que se eleva al Honorable Concejo Deliberante es consistente con la nueva estructura y valores aprobados en la formulación de la modificación del Código Tributario por medio de la Ordenanza Nº 6076/2021; Que el Presupuesto de Gastos ha sido elaborado en consideración de las crisis económicas financieras que ha atravesado el país en los últimos años y la inflación estructurada que viene afectando el desarrollo normal financiero y operativo del municipio, lo cual refleja la necesidad de sanar las finanzas Municipales; Que independientemente de fuentes externas de financiamiento o subsidios, el Municipio pueda afrontar el gasto que demande la prestación de Servicios en el Hospital Comunitario de Pinamar utilizando las facultades de la tasa de Salud; Que mediante la aprobación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos en el tiempo propuesto se permitirá al Departamento Ejecutivo llevar adelante el funcionamiento de las distintas dependencias municipales y la prestación de servicios a los contribuyentes del Partido de Pinamar; Que han sido previstas las partidas destinadas al pago de deuda flotante estimada contablemente al 31 de diciembre de 2021; Que se debe reconocer la dinámica estacional de los ingresos de nuestra municipalidad, y la caída de la recaudación ocasionada a nivel global, a la cual el Municipio no es ajeno; permitiendo el uso de fondos afectados para hacer frente a apremios presupuestarios y financieros circunstanciales; Que las estimaciones de transferencia por parte de la Provincia utilizadas para el Cálculo de Recursos fueron comunicadas al día 26 de mayo del presente año, por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en carácter definitivas, al contar con el Presupuesto aprobado por la Legislatura Provincial; Que se dio cumplimiento a la Ley Orgánica de las Municipalidades dando tratamiento al proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 6256/2022 

ORDENANZA

ARTICULO 1: FIJASE en la suma de PESOS CINCO MIL, DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES, OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL, SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 5,288,871,643.00), el total de los gastos corrientes y de capital del Presupuesto General de la Administración Municipal del Partido de Pinamar para el Ejercicio 2022. Tipo de GASTO - EJECUTIVO - LEGISLATIVO - ESTIMADO 2022 GASTOS CORRIENTES - 4,849,864,115 - 105,286,271 - 4,955,150,386 GASTOS DE CAPITAL - 333,231,257 - 490,000 - 333,721,257 Total general - 5,183,095,372 - 105,776,271 - 5,288,871,643 ARTICULO 2: ESTÍMASE en la suma de PESOS CUATRO MIL, NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES, OCHOCIENTOS OCHENTA MIL, CIENTO DIESCISEIS ($4,964,880,116.00), el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal del Partido de Pinamar para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación: CALCULO DE RECURSOS - ESTIMADO 2022 INGRESOS CORRIENTES - 4,723,509,229 RECURSOS DE CAPITAL - 241,370,887 RECURSOS TOTALES - 4,964,880,116 ARTICULO 3: APRUÉBENSE las Fuentes y Aplicaciones Financieras que se indican a continuación: FUENTES FINANCIERAS - 1,014,469,884 DE DISPONIBILIDADES - 24,584,826 INVERSIONES FINANCIERAS - 240,000,000 INCREMENTO DE PASIVOS - 719,885,058 COLOCACIÓN DE DEUDA INTERNA A LARGO PLAZO - 30,000,000 APLICACIONES FINANCIERAS - 690,498,698 AMORTIZ. DE LA DEUDA Y DISM. DE OTROS PASIVOS - 450,498,698 INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORARIAS - 240,000,000 ARTICULO 4: APRUÉBESE para el Ejercicio 2022 el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos cuyo detalle como anexos FORMULARIOS LEY forman parte de la presente Ordenanza de acuerdo con el ANEXO I del Expte. N 2895/21 C1 – A1: Formularios -Desde -a- Hasta Formulario 1 Políticas Presupuestarias (fs.) 295 - 407 Formulario 1 Políticas Presupuestarias Honorable Concejo Deliberante (fs.) 548 - 553 Formulario 2 Programación de Recursos (fs.) 408 - 418 Formulario 3 Estructura Programática (fs.) 419 - 437 Formulario 4 Descripción de los Programas (fs.) 438 - 460 Formulario 5 Metas por Programa (fs.) 461 - 472 Formulario 6 Recursos Humanos Por Cargo (fs.) 473 - 488 Formulario 6 Recursos Humanos Por Cargo Honorable Concejo Deliberante (fs.) 554 Formulario 6 Recursos Humanos Por Objeto de Gasto (fs.) 489 - 504 Formulario 6 Recursos Humanos Por Objeto de Gasto Honorable Concejo Deliberante (fs.) 555 Formulario 7 Programación Anual de Compras y Servicios (fs.) 505 - 526 Formulario 7 Programación Anual de Compras y Servicios Honorable Concejo Deliberante (fs.) 556 558 Formulario 8 Programación Física de la Inversión (fs.) 527 Formulario 9 Programación Financiera de la Inversión (fs.) 528 Formulario 10 Gestión y Administración de la Deuda Pública (fs.) 529 Formulario 11 Prog, de Transf., Incremento de Act. Fin., Gastos Fig. y Otros gastos (fs.) 530 - 531 Formulario 12 Resumen del Presupuesto de Gasto por Inciso 532 - 547 ARTICULO 5: AMPLÍESE las facultades otorgadas al Departamento Ejecutivo y la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante mediante el Art. 119, 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades autorizando con carácter general, y dentro del ejercicio, la transferencia de créditos y creación de partidas, a través del dictado de decretos; ARTICULO 6: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a solicitar adelantos de coparticipación Al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires durante el ejercicio 2022; ARTICULO 7: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos de más de un ejercicio con compromisos plurianuales en licitaciones de obras públicas, contratos de locación de inmuebles, y licitaciones de adquisición o contratación de bienes y servicios; ARTICULO 8: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo durante el ejercicio 2022 a hacer uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios presupuestarios y financieros circunstanciales, que su uso transitorio, signifique cambios de financiación y de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en próximos ejercicios; ARTICULO 9: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a hacer uso presupuestario y financiero de los Fondos Afectados DE ORIGEN MUNICIPAL que no hayan sido afectados a la fecha y no existan compromisos y/o devengados respectivamente por única vez para el Ejercicio Fiscal en curso de acuerdo con el Art N° 27 del decreto 2880/00 en su capítulo de Sistema de Presupuesto; ARTICULO 10: El Departamento Ejecutivo determinará para el personal comprendido en la Ley 14.656 (o la norma que la reemplace/complemente dentro del ejercicio 2022) por vía reglamentaria, las nóminas salariales y el escalafón de personal de planta permanente y temporaria para los períodos no incluidos en la presente ordenanza; ARTICULO 11: El Departamento Ejecutivo y la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante determinarán por vía reglamentaria las nóminas salariales del personal no comprendido por la Ley 14.656 (o la norma que la reemplace/complemente dentro del ejercicio 2022) de acuerdo con los cargos asignados para los períodos no incluidos en la presente ordenanza; ARTICULO 12: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo y a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a otorgar bonificaciones y licencias al personal no comprendido en la Ley 14.656 (o la norma que la reemplace/complemente dentro del ejercicio 2022) en los mismos términos que aquellas otorgadas al personal de planta permanente y transitoria, incluyendo la bonificación por antigüedad y las licencias anuales; ARTICULO 13: Apruébase la Categoría Programática 12.01.00 FORTALECIMIENTO LEGISLATIVO destinada a mejorar y enriquecer el debate parlamentario cuando la presidencia del Concejo Deliberativo así lo desee. Destinando un monto total de PESOS DIECIOCHO MILLONES, DOSCIENTOS DIECISIETE MIL, OCHENTA Y SIETE CON 0/100 ($18.217.087,00.-) por parte del Departamento Ejecutivo para complementar la solicitud realizada por el Honorable Concejo Deliberante a fojas N° 500.- ARTICULO 14: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Pinamar a registrar y a conciliar créditos y débitos de ejercicios anteriores de las cuentas municipales que aún se encuentran pendientes, bajo el respaldo de la documentación correspondiente; ARTICULO 15: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo a desafectar saldos disponibles en cuentas especiales y fondos afectados de Origen Municipal, habiéndose cumplido el objetivo impuesto en las Ordenanzas de creación, incorporándose al Tesoro Municipal, de acuerdo, al Artículo 27 del Decreto 2980/00; ARTICULO 16: MODIFIQUESE el articulo 4 de la Ordenanza Municipal N.º 4667/15 expresado de la siguiente forma: “El fondo se formará con el 10% de lo recaudado en concepto de Tasa de Publicidad y Propaganda.” ARTICULO 17: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, dese al registro oficial y cumplido, archívese.