Boletines/Pinamar

Decreto Nº2711/2022

Decreto Nº 2711/2022

Pinamar, 28/11/2022

Visto

El expediente 4123-1301/2002 Cuerpos 2, 3 y 4, caratulado “Sistema de Regularización de Deudas Año 2002” y la Ordenanza 3062/03 Código Tributario y modificatorias; y

Considerando

Que el  Plan General de Facilidades de Pagos vigente establecido por el Decreto 1665/2022 y sus modificatorias, determina descuentos en sus Artículos 8 y 10 ;

               Que se continúa con operativos de recupero de deuda y se desea otorgar mayores beneficios de descuentos a los interesados que accedan al pago contado;

               Que el Departamento Ejecutivo está facultado por el Artículo 38 del CODIGO TRIBUTARIO a conceder a contribuyentes facilidades de pagos de los impuestos adeudados;

               Que se debe dar continuidad a este instrumento dictando el acto administrativo correspondiente;

Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA

ARTICULO 1º: MODIFICASE el ARTICULO 8º, inc. a) y a.1.) del Decreto 1665/2022, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

 

“a)  Pago Contado con un beneficio de reducción de intereses y recargos en un setenta por ciento (70%).  

 

“a.1) Pago Contado con un beneficio de reducción de intereses y recargos en un ciento por ciento (100%)”, para aquellos Contribuyentes que adhieran al débito automático para futuros vencimientos, debiendo formalizarse la adhesión previo a la emisión de la liquidación correspondiente.

ARTICULO 2º: MODIFICASE el ARTICULO 10º, inc. a) del Decreto 1665/2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“a) Pago Contado con un beneficio de reducción de intereses y recargos en un setenta por ciento (70%).  

 

ARTICULO 3º: DEJASE establecido que lo determinado en los artículos precedentes posee vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive.-----------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial del Municipio y cumplido, ARCHIVESE.--------