Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 698
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/03/2023
Visto lo solicitado en nota obrante a fojas 1 por el agente Osvaldo LLANOS, DNI 13.461.064, CUIL 20-13461064-7, Legajo N°4917, dependiente del Departamento Talleres y Maestranza (Oficina N° 412), mediante la cual eleva su renuncia a partir del 01 de enero de 2023, al cargo efectivo 6/2D e interino 6/1A, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, de acuerdo a los alcances de la Ley N° 9.650 y la retribución especial por treinta (30) años de servicios según lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca (C.C.T.M.B.B.) y Decreto Municipal Nº 336 del Expte. 260-4592-2001; y considerando:
Que el agente en cuestión se acogerá a los beneficios jubilatorios, atento a lo establecido en el Art. 63 C.C.T.M.B.B., y Decretos 561/1996 y 659/1996 de expediente 260-6658-1996, otorgándole al mencionado un Anticipo Jubilatorio consistente en el 60% de su remuneración mensual, habitual y permanente y conforme a la última escala de sueldos vigente al momento del cese, en el presente acto, correspondiente a la categoría 06/1A.3.
Que el Artículo 72º inc. “F” ley Nº 14.656 y C.C.T.M.B.B. establece: “Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimos treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole…”.
Que el Departamento Administración del Personal a fojas 4 y 5 del expediente de referencia informa que el mencionado agente se desempeña en este Municipio desde el 06/06/1980, razón por la cual se encuentra en condición de acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01/01/2023, de acuerdo a los alcances de la Ley Nº 9.650 – Sección Municipalidades y reúne los requisitos establecidos en el Artículo 72º inc. “F” ley Nº 14.656 y C.C.T.M.B.B.
Por lo expuesto y considerando la imputación informada a fojas 5 vta. del expediente de referencia por la Subdirección de Presupuesto y el Departamento de Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) Acéptese la renuncia al cargo que viene desempeñando, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria de acuerdo a los alcances de la Ley N° 9.650, presentada por el agente Osvaldo LLANOS, DNI 13.461.064, CUIL 20-13461064-7, Legajo N° 4917, dependiente del Departamento Talleres y Maestranza (Oficina N° 412), categoría efectiva 6/2D e interino 6/1A, a partir del 01 de enero de 2023.
ARTICULO 2°) Hágase lugar al anticipo jubilatorio solicitado por el agente Osvaldo LLANOS, DNI 13.461.064, CUIL 20-13461064-7, Legajo N° 4917, autorizando al Departamento Administración de Personal a liquidar la suma de PESOS CIENTO NOVENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON OCHO CENTAVOS ($190.389,08), importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, habitual y permanente, a partir del 1° de enero de 2023, como adelanto de su haber jubilatorio, suma que será deducida al liquidarse este último por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y Decretos 561/1996 y 659/1996.
ARTICULO 3°) Autorizase al Departamento de Administración de Personal a liquidar a favor del agente Osvaldo LLANOS, DNI 13.461.064, CUIL 20-13461064-7, Legajo N° 4917, dependiente del Departamento Talleres y Maestranza (Oficina Nº412), la suma de PESOS UN MILLON OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($1.088.574,88) sobre la base de un Sueldo Básico que asciende a Pesos ciento ochenta y un mil cuatrocientos veintinueve con trece centavos ($181.429,13), también conforme a la ultima escala de sueldo vigente al momento del cese y atento a que el mismo revista al momento del cese y atento a que el mismo revista al momento de su baja en categoría 6/1A.3, cuarenta y dos (42) años de servicios prestados en la Administración Comunal, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 72° inc. “F” Ley N° 14.656 y C.C.T.M. de Bahía Blanca.
ARTICULO 4°) Autorizase al Departamento Administración de Personal a adecuar la suma indicada en los Artículos 2º del presente expediente, conforme a la escala de sueldos vigente al momento de realizar cada una de las liquidaciones de anticipo de sueldo.
ARTICULO 5°) Dejase constancia que todas las actuaciones obrantes y concernientes al Legajo personal N° 4917, responden al nombre de Osvaldo LLANOS, DNI 13.461.064, CUIL 20-13461064-7, Clase 1.957.
ARTICULO 6°) Hágase saber al agente Osvaldo LLANOS, que deberá hacer entrega de la/las credenciales de la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales.
ARTICULO 7°) El gasto que demande lo establecido en el Artículo 2º del presente, deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110104000/1110119000; Fuente: 110; Cat. Prog.01.01.00; Gasto 6.2.1.0/1.1.7.2 del Presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 8°) Cúmplase, notifíquese, tomen nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, División Jubilaciones y Pensiones y el Departamento Talleres y Maestranza, dése al R.O. y ARCHIVESE.-