Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 238
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/03/2023
Visto la nota presentada por la Asociación Civil Taller Afectos Especiales, por la cual solicitan el otorgamiento de un subsidio destinado a afrontar gastos de funcionamiento (pago de servicios, inspección y adquisición de matafuegos, balance, personas jurídicas, materiales para la realización de talleres, reparaciones eléctricas, cerámicos para piso, pintura, elementos de ferretería, librería, reparaciones de computadoras, elementos y productos de limpieza); teniendo en cuenta que se ha previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente Ejercicio una partida para tal fin y atento a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y de la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTICULO 1º) - Otorgar un subsidio a la Asociación Civil Taller Afectos Especiales, C.U.I.T. 30-70995321-0, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-), destinado a afrontar gastos de funcionamiento (pago de servicios, inspección y adquisición de matafuegos, balance, personas jurídicas, materiales para la realización de talleres, reparaciones eléctricas, cerámicos para piso, pintura, elementos de ferretería, librería, reparaciones de computadoras, elementos y productos de limpieza).-
ARTICULO 2º) - El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01, Gasto 5.1.7.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 3°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs. 4 del expediente 0-1645-2023, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs. 5, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-
ARTÍCULO 4°) - Por Secretaría de Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-
ARTICULO 5º) - Cúmplase, notifíquese, tome nota Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-