Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 676
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 16/12/2022
Vistas las presentes actuaciones que anteceden iniciadas por la Sra. STORM Analía Fabiana, D.N.I N.º 24.095.056, Contribuyente Municipal N.º 84893, Socio Gerente de la Empresa de Transporte MONTE BALDO S.R.L, N° CUIT 30-71517101-1, mediante las cuales solicita autorización para trasladar personal de las empresas UNIPAR INDUPA Y PBB POLISUR por lo expuesto y considerando:
Que la autorización solicitada corresponde a la modalidad de servicio “contratado” TC-055.
Que la recurrente ha presentado contrato de locación de servicio celebrado entre T.A LA PATAGONIA S.R.L y MONTE BOLDO S.R.L para el traslado de personas dentro del partido de Bahía Blanca.
Que del informe emitido por la División Transporte Urbano a fs. 27, surge que la empresa ha demostrado continuidad laboral y ha dado cumplimiento a las disposiciones requeridas por la Ordenanza 12.119
En virtud de los considerandos de la presente resolución; el DIRECTOR GENERAL DE MOVILIDAD URBANA, en uso de sus facultades conferidas por el Decreto 82/2020,
- RESUELVE -
Artículo 1º) Autorícese a la Empresa MONTE BALDO S.R.L, CUIT 30-71517101-1, Contribuyente Municipal Nº 84893, titular del legajo de Transporte de Personas en la modalidad de “Contratado” TC-055, para realizar el traslado de personal según lo requerido las necesidades de las Empresas UNIPAR INDUPA Y PBB POLISUR a partir de la fecha del 03/03/2020, por 48 meses (03/03/2024).
Artículo 2º) Déjese expresa constancia que, con relación a la conducción del servicio, si bien los conductores no conllevan una habilitación especial por parte de la División Transporte, los mismos deben cumplir con los artículos 2º y 10º de la Ordenanza 12119
Artículo 3º) Cúmplase, notifíquese al interesado por intermedio de la División Transporte Urbano, al Departamento de Análisis Política Fiscal, al Departamento de Recaudación. Cumplido: Archívese.-