Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 674
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/12/2022
Vistas las presentes actuaciones iniciadas por el Sr. BLANCO Roberto Ernesto, D.N.I Nº10.228.209, contribuyente nº 43056, titular del legajo de Taxi nº 361 asignado a la parada numero nº 1, referidas a obtener autorización para iniciar los trámites de transferencia de los derechos de explotación del legajo mencionado, en favor de su hijo el Sr. BLANCO Nicolas Roberto, D.N.I Nº 30.673.085; y considerando:
Que la Ordenanza nº 15431 en su artículo 26 establece: “Para transferir su legajo, el titular deberá solicitar la autorización al Departamento Ejecutivo, acreditando un mínimo de cinco (5) años en la explotación. Se denegará la transferencia ante la constatación de deuda con el municipio derivada de la prestación del servicio. Corresponde al adquirente cumplir con los requisitos establecidos para los titulares del legajo de taxi vigentes al momento de la transferencia.”
Que el Sr. BLANCO Roberto Ernesto, cumple con lo normado en la Ordenanza nº 15.431 art. 26, en referencia a la antigüedad requerida, ya que explota el legajo desde 4 de Agosto de 1993, de acuerdo a resolución de fs. 4 de expte. 0-2755/1993, y no posee deudas según estado de Comercio del Dpto. Recaudación obrante a fs. 5.
Que tal como surge del informe de la División de Transporte Urbano a fs. 14 y 15, y de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia, el Sr. BLANCO Nicolas Roberto ha presentado la documentación necesaria para autorizar la transferencia.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
Artículo 1º) Autorizar al Sr. BLANCO Roberto Ernesto, D.N.I Nº 10.228.209, contribuyente nº 43056, titular del legajo de Taxi nº 361 asignado a la parada numero nº 1, a transferir la titularidad de los derechos de explotación del legajo a favor de su hijo el Sr. BLANCO Nicolas Roberto, D.N.I Nº 30.673.085, en los términos dispuestos en la Ordenanza nº 15431 y el Decreto nº 1.644/2010.
Artículo 2º) Hágase saber al Sr. BLANCO Roberto Ernesto, que en el plazo de noventa (90) días corridos a contar a partir de su notificación, deberá dar cumplimiento con las exigencias previstas para las transferencias de fondo de comercio (Ley nº11.867), y el Artículo 26° de la Ordenanza nº 15.431 y su Decreto Reglamentario, bajo apercibimiento de multa.
Artículo 3º) Hágase saber al Sr. BLANCO Nicolas Roberto, D.N.I Nº 30.673.085, que deberá dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos para los titulares de registros de taxis, vigentes al momento de la transferencia (artículo 30º, Ordenanza nº15.431).
Artículo 4º) Cúmplase, notifíquese por intermedio de la División Transporte Urbano a los interesados. ARCHÍVESE en la División Transporte hasta dar cumplimiento al Artículo 3º.-