Boletines/Tandil
Decreto Nº 806/2023
Tandil, 09/03/2023
Visto
El artículo 43º de la Ordenanza Fiscal vigente.
Considerando
Que se debe establecer la tasa de interés que corresponde aplicar a los pagos que ingresen fuera de término y a los planes de pago en cuotas que se otorguen durante los meses de marzo, abril y mayo de 2023.
El informe de la Agencia de Ingresos municipales, (AgIM).
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Fíjase en un cuatro por ciento (4 %) la tasa de interés mensual para ser aplicada a los pagos fuera de término de todas las tasas municipales, durante los meses de marzo, abril y mayo de 2023. En caso de que las deudas fueran reclamadas por intimación de pago, inspecciones u otra intervención de organismos municipales, durante el mismo período, el interés será del cinco por ciento (5 %) mensual.
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, tomen nota las Direcciones de la Agencia de Ingresos Municipales: Rentas y Finanzas e Ingresos Públicos, Contaduría General, Tesorería Municipal, Secretaría de Gobierno, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Delegaciones Municipales de María Ignacia - Vela y Gardey, Dirección de Cementerios y oportunamente pase a "Guarda Temporal".
Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Economía y Administración - Intendencia