Boletines/Bragado
Decreto Nº 225
Bragado, 13/02/2023
Visto
VISTO: Que el contribuyente Gatti Lidia Paulina, ha tramitado ante esta Municipalidad, mediante Expte. N° 365/23, el acogimiento a los beneficios que determina la Ordenanza N° 1081/90; y,
Considerando
CONSIDERANDO: El informe emitido por Contaduría Municipal señalando, conforme a la Declaración Jurada del nombrado productor y certificada por Ingeniero Agrónomo, y avalada por la Secretaría de Obras Públicas, la disminución porcentual de sus capacidades productivas por poseer sobre el inmueble de su propiedad, laguna y bañados permanentes; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- OTORGAR al contribuyente GATTI Lidia Paulina, DNI Nº 17.864.040, los beneficios que determina la Ordenanza N° 1081/90 y 3483/07- Decreto N° 1911/07, referidos a las obligaciones emergentes de la TASA POR CONSERVACION, REPARACION Y MEJORADO DE LA RED VIAL MUNICIPAL, sobre inmueble de su propiedad, en la proporción que a continuación se indica: Cuenta N° 5119 CIRC IX, Parcela 1352 BF 64,43% en concepto de disminución no sujeta al pago de la Tasa indicada precedentemente. ARTICULO 2°.- El presente beneficio tendrá vigencia por el período comprendido desde el mes de ENERO de 2023 hasta el mes de DICIEMBRE del año 2027 inclusive. ARTICULO 3°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos. H.V. GATICA. F. BOLLINI. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-