Boletines/Tandil

Decreto Nº774/2023

Decreto Nº 774/2023

Tandil, 06/03/2023

Visto

El recurso jerárquico presentado por el trabajador municipal Sr. Adrián Flores Leg. 8732 en fecha 26 de diciembre de 2022.

Considerando

El procedimiento disciplinario breve (art. 24, primer párrafo in fine, ley 14.656) llevado a cabo contra el trabajdor Adrián Flores.

Que el Sr. Flores recurre el acto administrativo, agraviándose por la sanción impuesta, solicitando la revocación integra de la resolución.

Lo actuado en las presentes actuaciones administrativas en ejercicio del derecho de defensa y en resguardo de las garantías del debido proceso.

La sanción impuesta de fecha 17 de octubre de 2022 por la Subsecretaria de Cultura y Educación.

Que en cuanto a los argumentos vertidos y la prueba referida en el escrito recursivo, deben ser conducentes al esclarecimiento del hecho imputado. En el presente caso no se aportó elementos que prueben que sucedió algo distinto a lo que se imputó y por el cual se lo sancionó.

Que por ello, se entiende que la constatación directa por parte del Superior Jerárquico del Sr. Flores respecto a su inasistencia en el marco de sus funciones el día de ensayo general y posterior estreno de una obra en el Teatro de la Cofraternidad, amerita aplicar una sanción de entidad suficiente atento el derrame de consecuencias que su accionar desplegó.

Que de las constancias de autos se comprueba que su accionar fue negligente en el cumplimiento de sus tareas, y correctamente encuadrado como abandono del servicio sin causa justificada. Sin perjuicio de ello, su ofrecimiento para presentarse aun tardíamente el día de los hechos merece la reducción de la cuantía de días de suspensión impuestos oportunamente.

Que se ha expedido la Dirección de Asuntos Legales de este Municipio (conf. art. 101 Ord. Gral. 267/80) aconsejando desestimar el planteo impetrado por el agente mencionado, confirmar la sanción de suspensión impuesta y reducir el número de días aplicados al trabajador FLORES en fecha 17 de octubre de 2022, por diversos argumentos que comparto.

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por el trabajador municipal Sr. ADRIAN FLORES (Leg. 8.732) en fecha 26 de diciembre de 2022 y mantiénese la sanción de suspensión oportunamente impuesta.

Artículo 2º: Redúzcase la sanción impuesta a CINCO (5) DÍAS DE SUSPENSIÓN al trabajador municipal Sr. Adrián Flores (Leg. 8.732) el día 17 de octubre de 2022 por la Subsecretaria de Cultura y Educación.

Artículo 3º: La suspensión dispuesta en el artículo que antecede, comenzará a cumplimentarse el día siguiente al de su notificación al trabajador sancionado.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5º: REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE por cédula al recurrente por intermedio de la Dirección de Asuntos Legales, dése al “Boletín Municipal”. Tomen nota Dirección de Recursos Humanos, Subsecretaria de Cultura y Educación, Secretaría Legal y Técnica y Dirección de Asuntos Legales, y posteriormente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno          -                  Intendencia