Boletines/Tandil
Decreto Nº 762/2023
Tandil, 03/03/2023
Visto
Que la Municipalidad suscribió Convenio Marco con la Dirección Nacional de Vialidad, para la Fijación de Pautas de Realización Programa de Sostenimiento de la Red Troncal con Aplicación en Jurisdicciones Locales, identificando en el Anexo I la obra Pavimentación calles Grothe e/ Linstown y Colectora Pugliese; Magallanes e/ Beiró y R.N. 226 y Buenos Aires e/ Trabajadores Municipales y R.N. 226, y
Considerando
Que en el marco del Convenio citado se realizó la Licitación Pública N° 26-01-22 “Pavimentación y cruces de calle para conectividad con ruta 226 – Programa de sostenimiento de la red troncal”, cuya apertura operó el día 22 de noviembre de 2022.
Que a fin de suscribir el Convenio Específico, que permita al Municipio recibir el apoyo financiero, es necesario proceder a la preadjudicación de la obra.
Que la Comisión de Preadjudicación elaboró Dictamen, Orden 38, sugiriendo se adjudique a la propuesta presentada por la firma Galizio Construcciones S.R.L. por la suma total de Ciento cuarenta y nueve millones trescientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta pesos con sesenta y cuatro centavos ($149.362.640,64), en su oferta alternativa con un 15% de anticipo financiero de Veintidós millones cuatrocientos cuatro mil trescientos noventa y seis pesos con diez centavos ($22.404.396,10), por ser la más económica y de conveniencia.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Preadjudícase la Licitación Pública N° 26-01-22 “Pavimentación y cruces de calle para conectividad con ruta 226 – Programa de sostenimiento de la red troncal”, en favor de la firma Galizio Construcciones S.R.L. por la suma total de Ciento cuarenta y nueve millones trescientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta pesos con sesenta y cuatro centavos ($149.362.640,64), en su oferta alternativa con un 15% de anticipo financiero de Veintidós millones cuatrocientos cuatro mil trescientos noventa y seis pesos con diez centavos ($22.404.396,10).
Artículo 2º: La Preadjudicación indicada en el Artículo 1° del presente Decreto no implica para el Municipio obligación alguna con la empresa derivada de la Licitación hasta el momento de hacerse efectiva la transferencia de los fondos por parte del Organismo Nacional.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por la Subsecretaria de Desarrollo Urbano Ambiental, Obras y Vivienda a cargo de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese. Notificase a la empresa Galizio Construcciones S.R.L. por la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas. Tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente.
Firma Digital: María Riestra Brea (Subsecretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Subsecretaría de Desarrollo Urbano, Ambiental, Obras y Viviendas - Intendencia