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Decreto Nº184-23

Decreto Nº 184-23

Alberti, 24/02/2023

Visto

Que los problemas de nuestra casa común no son un fenómeno nuevo. La contaminación del aire, de las aguas y del suelo, la deforestación e inadecuadas políticas de producción de alimento, etcétera son temas que nos preocupan constantemente

Que en las últimas décadas hemos tomado el tema ambiental con mucha más seriedad y responsabilidad;  y se han tomado posiciones sustentadas en procesos en los cuales la puesta en marcha de programas especiales para abordaje de la problemática, ha sido fundamental para que pensemos este modelo de Conciencia Ambiental “EcoPlan” para nuestro distrito;

Que como gestión municipal hemos asumido la responsabilidad de abordar la temática con sus conflictos y soluciones, hemos construido una idea acabada desde el conocimiento por actuar con políticas ambientales realizables;

Que este Plan Maestro llamado “EcoPlan”, nos invita a un compromiso colectivo, donde debemos pensar como comunidad y actuar en consecuencia para desarrollar los principios y valores que nos permitan proyectar una ciudad sustentable, sostenible y resiliente; y

Considerando

Que desde el Estado se deben diseñar políticas públicas al respecto;

Que es necesario consolidar este Plan Maestro para que nuestro Partido de Alberti proyecte su futuro pensando en una comunidad sostenible;

Que este Plan Maestro tendrá una fuerte presencia en distintos niveles y modalidades educativas, para crear esos hábitos y costumbres necesarios para mejorar el futuro, tarea indispensable por parte del Estado;

Que el plan es integral y tenemos la experiencia positiva de nuestro Plan de Gestión de los RSU, con sus programas activos y con sus resultados tangibles para nuestros vecinos y vecinas, con quienes trabajamos mancomunadamente, para cambiar el paradigma del tratamiento de los residuos sólidos urbanos;

Que es necesario un rol activo desde el municipio, procurando fundamentalmente la eficiencia y la eficacia del mismo para no dilapidar recursos humanos y económicos.

Que es de suma importancia la institucionalización de este Plan Maestro;

Que, en consecuencia

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1°: Créase, en el ámbito de la Municipalidad de Alberti, el Plan Maestro "EcoPlan Conciencia Ambiental", que tendrá por objeto la organización y competencias determinadas en el presente decreto en las materias de Política y Control Ambiental.

Artículo 2°: El Plan Maestro “EcoPlan Conciencia Ambiental” tiene como objeto proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental del Partido de Alberti.

Las herramientas para la gestión ambiental serán, entre otras:

  1. El sistema de diagnóstico e información ambiental.
  2. La educación y concientización ambiental.
  3. El régimen económico de promoción del desarrollo sustentable.
  4. La elaboración e implementación de planes de producción limpia para la comunidad regulada.
  5. El sistema de control sobre el desarrollo de las actividades antrópicas.
  6. La evaluación del impacto ambiental.
  7. El desarrollo de una gestión integral de residuos sólidos urbanos.

Artículo 3°: El Plan Maestro “EcoPlan Conciencia Ambiental” tendrá las siguientes funciones:

 

 

  1. Proponer políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar y preservar la calidad ambiental de la Ciudad, conforme a las directivas que imparta el Departamento Ejecutivo o el Plan de Ordenamiento Territorial.
  2. Proponer e implementar acciones vinculadas a la problemática ambiental de la región en conjunto, para avanzar hacia la conformación de un espacio institucional de promoción de política ambiental regional, sobre la base conceptual de que el ambiente no reconoce los límites jurisdiccionales impuestos por la sociedad.
  3. Hacer cumplir las normas en materia de regulación y control del ambiente del Partido de Alberti, de acuerdo a las exigencias del Código de Ordenamiento Urbano.
  4. Proyectar un crecimiento armónico de la ciudad potenciando las distintas áreas industriales, residenciales y verdes.
  5. Integrar la administración de todos los espacios públicos patrocinando la recuperación y revalorización de las áreas degradadas.
  6. Impulsar la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, promoviendo la separación y reducción de desechos.
  7. Otorgar dimensión ambiental a la provisión integral de servicios públicos vinculados con la higiene urbana.
  8. Generar conciencia ambiental a partir de la educación de la ciudadanía y la promoción de la responsabilidad conjunta para el cumplimiento de las buenas prácticas ambientales.
  9. Desarrollar una política de control ambiental sobre la actividad industrial y comercial en base a la adopción de tecnologías, procesos, productos y servicios que permitan armonizar el desarrollo económico, social y la protección ambiental.
  10. Integrar bajo un mismo criterio ambiental la administración de todos los espacios públicos.
  11. Promover normativas ambientales en aquellas temáticas o problemáticas sobre las que no hay legislación adecuada o existente.
  12. Representar al Partido de Alberti ante agencias, organismos nacionales y/u organismos internacionales en general, vinculados a la problemática ambiental, como así también ante las autoridades gubernamentales de la Provincia de Buenos Aires, la Nación y otras provincias, municipios y estados extranjeros.
  13. Desarrollar y revisar en forma continua las líneas de base para establecer los sistemas de mediciones e indicadores de desarrollo sostenible y la aplicación de estándares ambientales en línea con las recomendaciones locales e internacionales.
  14. Propiciar mecanismos de cooperación y/o asistencia técnica con la provincia, la nación y otras provincias, municipios, instituciones académicas nacionales, provinciales e internacionales, agencias, organismos y/u organizaciones en general, vinculadas a la problemática ambiental.
  15. Dictar disposiciones de regulación y conservación, con el fin de favorecer una adecuada calidad ambiental para los habitantes del Partido de Alberti.
  16. Sentar las bases y poner en funcionamiento un Sistema de Información Ambiental Municipal, de modo de asegurar el derecho de la comunidad a acceder a la misma y la interacción con las comunas cuando corresponda.
  17. Coordinar conjuntamente con las autoridades educativas provinciales y locales, las actividades educativas formales indispensables para el desarrollo de la conciencia ambiental de una comunidad participativa y responsable.
  18. Realizar campañas de información y difusión masiva, tanto de la gestión ambiental propia como de buenas prácticas ambientales, tendientes a elevar la conciencia ambiental de la población y a subrayar el criterio de que el Estado debe predicar con el ejemplo en materia de comportamiento ambientalmente sustentable.
  19. Estimular una política de investigación y desarrollo en materia ambiental en el Partido de Alberti, estimulando la innovación tecnológica, la explotación de los resultados de la investigación, la transferencia de conocimientos y tecnologías, contando con el concurso ineludible de las casas de altos estudios instaladas en la ciudad.
  20. Promover la utilización de tecnologías limpias y la implementación de sistemas de gestión ambiental entre la comunidad regulada.
  21. Prestar capacitación técnico-ambiental a funcionarios del Departamento Ejecutivo, Legislativo y/o Judicial local, que en ejercicio de sus funciones deban intervenir en cuestiones relativas a la temática ambiental así como asesorar a los funcionarios del Departamento Ejecutivo que así lo requieran.
  22. Evaluar los estudios de impacto ambiental (EIA= y los estudios de impacto urbano (EIU) tal como se exige en el código de ordenamiento urbano de la ciudad cabecera, llevando a cabo la categorización correspondiente y otorgando los certificados de aptitud ambiental de conformidad con las normas existentes o, en su defecto, promover las normas que así lo determinen.
  23. El Plan Maestro EcoPlan Conciencia Ambiental será el encargado de ejecutar y aplicar las políticas de su competencia, ejerciendo el contralor, fiscalización y regulación en el ámbito del Partido de Alberti, en las condiciones que lo reglamente el Intendente Municipal.

Artículo 4°: Los recursos para el funcionamiento del Plan Maestro EcoPlan Conciencia Ambiental se formarán con los fondos que le asigne del Presupuesto General de Ingresos y Gastos vigente.

Artículo 4°: El presente Decreto se sanciona “ad referéndum” de su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante, a cuyo efecto póngase en conocimiento del cuerpo para su oportuno tratamiento.

Artículo 5°: Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial de Decretos y archívese.