Boletines/Campana

Decreto Nº1085/22

Decreto Nº 1085/22

Campana, 06/12/2022

Expediente Nº 4016-25963-2022. Programa Nutriendo Redes.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v) y el Expediente Municipal Nº 4016-25963/2022; y

Considerando

Que la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat propicia las actuaciones para la “Adquisición de Alimentos para Beneficiarios del Programa Nutriendo Redes”.

Que a fs. 2/3 obra Informe Circunstanciado emitido por la Dirección de Abordaje Territorial e interviene la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat.

Que a fs. 4/8 obra listado de los beneficiarios del Programa Fortalecimiento Alimentario.

Que a fs. 10/18 obra copia de la Ley 27.519, Ordenanzas N° 6942,7068,7261 y DECTO-2019-946-E-MUNICAM-INT.

Que a fs. 23 la Dirección de Compras manifiesta que visto lo informado por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat y tomado conocimiento de las presentes actuaciones, ante la imperiosa necesidad de dar solución a la urgencia planteada por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat, a través de la Dirección de Abordaje Territorial, sugiere que la presente adquisición sea llevada a cabo mediante el proceso de contratación directa por emergencia en virtud de la Ordenanza N° 7261 mediante la cual se prorrogó por el término de un (1) año la Emergencia Alimentaria declarada por la Ordenanza N° 6941 y prorrogada por la Ordenanza N° 7068 respecto a la Ley Nacional N° 27.519.

Que a fs. 24 la Dirección de Presupuesto Municipal informa la estructura programática a la cual deberá afectarse la erogación en cuestión.

Que a fs. 27/28 luce Solicitud de Pedido Nº 3969, de fecha 01 de noviembre de 2022, asimismo, a fs. 32/33, obra Solicitud de Gastos N° 1-4057 ambas emitidas por la suma total de Pesos Cinco Millones Quinientos Ochenta y Nueve Mil Trescientos Ochenta y Dos con 40/100 ($ 5.589.382,40.-).

Que a fs. 34 la Secretaría de Economía y Hacienda informa que no posee objeciones económicas ni financieras que formular.

Que a fs. 35 luce Registro de Invitados a Cotizar, asimismo, a fs. 36/42 obran las cotizaciones y documentación presentadas por los proveedores RICCI DANIEL ESTEBAN, PAREDES RODOLFO HERNAN, EL VIEJO ALMACEN S.R.L. y respectivamente.

Que a fs. 43 luce Acta de Apertura de fecha 11 de noviembre de 2022, donde se deja constancia que se procede a la apertura de los sobres que contienen las siguientes propuestas: Oferta 1- RICCI DANIEL ESTEBAN, Oferta 2- EL VIEJO ALMACEN S.R.L. y Oferta 3- PAREDES RODOLFO HERNAN.

Que a fs. 44 luce Cuadro Comparativo emitido por la Dirección de Compras.

Que a fs. 45 la Dirección de Compras informa que los precios cotizados se ajustan a los valores vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios.

Que a fs. 47 luce Informe Técnico de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat, donde informa que los precios cotizados se encuentran en el nivel de precios habituales en el mercado, sin objeciones que formular respecto de la compulsa de precios, y que, analizadas las distintas alternativas y cotizaciones, surge que la oferta presentada por el proveedor EL VIEJO ALMACEN S.R.L, resulta conveniente por ser la más económica y ofrecer las mejores condiciones.

Que a fs. 49/50 luce Solicitud de Gastos Nº 1-4412, de fecha 24 de noviembre de 2022, por la suma de Pesos Un Millón Doscientos Setenta y Dos Mil Setecientos Sesenta y Uno con 60/100 ($ 1.272.761,60.-).

Que a fs. 51 la Contaduría Municipal toma conocimiento sin objeciones contables que formular. Asimismo, a fs. 53 manifiesta que visto lo informado por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat a fs. 47, respecto a la “Adquisición de Alimentos para Beneficiarios del Programa Nutriendo Redes”, esta Dirección sugiere que la propuesta más conveniente y oportuna para la presente adquisición que se pretende realizar en virtud de la contratación directa por emergencia en virtud de la Ordenanza N° 7261 mediante la cual se prorrogó por el término de un año la Emergencia Alimentaria declarada en el Partido de Campana por la Ordenanza N° 6941 y prorrogada por la Ordenanza N° 7068, respecto a Ley Nacional N° 27.519, está dada por el proveedor EL VIEJO ALMACEN S.R.L (C.U.I.T N° 30-66049706- 0) por la suma total de Pesos Seis Millones Ochocientos Cincuenta y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 00/100 ($ 6.857.848,00.).

Que a fs. 56 la Secretaría de Economía y Hacienda, toma conocimiento sin formular objeciones.

Que a fs. 57 la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativo, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.)

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Compra Directa con EL VIEJO ALMACEN S.R.L., inscripto como Proveedor Municipal bajo el N° 1437, para la adquisición de alimentos varios destinados a los Beneficiarios del Programa Nutriendo Redes por la suma total de Pesos Seis Millones Ochocientos Cincuenta y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 00/100 ($ 6.857.848,00.).- en el marco emergencia alimentaria declarada mediante Ley Nº 27.519,prorrogada por la Ordenanza N° 7261 en el Partido de Campana y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-25963-0- 2022.-

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase al proveedor EL VIEJO ALMACEN S.R.L (C.U.I.T N° 30-66049706-0) de la siguiente manera:

MUNICIPALIDAD DE CAMPANA

NUTRIENDO REDES                                                    $           $

1432 LECHE EN POLVO X400GRS SANTA ELENA   700        1002400

2864 KG HARINA DE TRIGO CASERITA                    140          400960

1432 KG YERBA VALLE VERDE                                 800         1145600

1432 KG AZUCAR AZUCEL                                        190           272080

1432 ACEITE BOTELLA TANONI                               590           844880

2864 FIDEOS DE SEMOLA SOL PAMPEANO           115           329360

1432 KG ARROZ VANGUARDIA                                160           229120

1432 PURE DE TOMATE X530GRS

         SOB DEL VALLE                                                 110         157520

1432 LATAS DE ARVEJAS INALPA                               79         113128

1432 HARINA DE MAIZ X500GRS LA DESPENZA     120         171840

2864 GALLETITAS DULCES X250 NEOSOL              240         687360

1432 LATA JARDINERA INALPA                                  130         186160

2864 GALLETITA TRIPACK NEOSOL                         180         515520

1432 LATA PICADILLO SWIFT                                    145         207640

1432 MERMELADA POTE X500GRS DULCOR         160         229120

1432 TE X 25SAQ                                                         95         136040

1432 CACAO X180GRS EMETH                                160         229120

TOTAL                                                                                       6857848

ARTÍCULO 3º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110112000 “Secretaría de Gabinete”, Categoría Programática 20.02.00 “Asistencia a la Comunidad”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 5.1.4.0 “Ayuda Sociales a Personas”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2022.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese. -