Boletines/Lobería

Decreto Nº150-23

Decreto Nº 150-23

Lobería, 19/01/2023

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto N° 029/23; y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto          N° 029/23, que realizará trabajos de mantenimiento de alumbrado público en diferentes puntos de esta ciudad, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive;

 

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23, SR. ENZO DAMIÁN CARDOSO, D.N.I. N° 36.387.647, que realizará trabajos de mantenimiento del alumbrado público en diferentes puntos de esta ciudad de Lobería, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive.

ARTÍCULO 2.- El monto total a abonar será de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA MIL ($ 1.290.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 180.000.

ARTÍCULO 3.- La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, donde se dejará expresa constancia de la cantidad y locación de los puntos de luz reparados.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 25 Dirección de Servicios Públicos – 08 Mantenimiento de Alumbrado - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 150-23