Boletines/Lobería
Decreto Nº 150-23
Lobería, 19/01/2023
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto N° 029/23; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23, que realizará trabajos de mantenimiento de alumbrado público en diferentes puntos de esta ciudad, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23, SR. ENZO DAMIÁN CARDOSO, D.N.I. N° 36.387.647, que realizará trabajos de mantenimiento del alumbrado público en diferentes puntos de esta ciudad de Lobería, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive.
ARTÍCULO 2.- El monto total a abonar será de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA MIL ($ 1.290.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 180.000.
ARTÍCULO 3.- La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, donde se dejará expresa constancia de la cantidad y locación de los puntos de luz reparados.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 25 Dirección de Servicios Públicos – 08 Mantenimiento de Alumbrado - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 150-23