Boletines/Lobería
Decreto Nº 142-23
Lobería, 18/01/2023
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto N° 029/23; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23, que se desempeñará como sereno en la terminal de ómnibus y corralón de materiales de esta ciudad, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23 Sr. RICARDO ALBERTO MÓNACO, D.N.I. N° 05.386.681, que se desempeñará como sereno en la terminal de ómnibus y corralón de materiales de esta ciudad, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive.
ARTÍCULO 2.- El monto total a abonar será de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y DOS MIL ($ 1.032.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 144.000.
ARTÍCULO 3.- La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, donde se dejará expresa constancia de la cantidad de guardias realizadas.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 25 Dirección de Servicios Públicos – 05 Estación Terminal de Ómnibus - 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 01 Conducción y Administración -1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 142-23