Boletines/General Lavalle

Decreto Nº170/2023

Decreto Nº 170/2023

General Lavalle, 02/02/2023

Visto

Los hechos hídrico imperantes, que ocasionan una alta tasa de mortandad de peces en los canales del Partido de General Lavalle; y

Considerando

Que, se encuentran agrupados como pescadores artesanales, vecinos de nuestro Partido.

Que, la ley 11.477, en su artículo 7 in fine, define la pesca artesanal como la actividad extractiva realizada por personas que en forma individual directa y habitual trabajen como pescadores artesanales.

Que, en tal sentido los Sres. Astudillo Mario Alberto (DNI Nº 26.992.177), Encina Héctor Manuel (DNI Nº 35.711.550) y Tejeda Cristian Alejandro (DNI Nº 27.509.171), se encuentran comprendidos en tal actividad, de acuerdo a la índole la actividad que desempeñan.

Que, en el desarrollo de la actividad se dedican - especialmente en el canal 2 - a realizar pesca de carpa y/u otras especies, evitando la muerte de peces y consecuentemente evitar la contaminación ambiental.

Que, en razón de ello, han asumido el compromiso de realizar la pesca en los canales y además mantener limpia la zona y también eventualmente informar sobre irregularidades que puedan observarse en las zonas.

Que, la pesca a realizar por tales personas, podrá evitar y/o reducir la mortandad que se produce de peces, por las altas temperaturas y la falta de agua. Ocasionando esto último, contaminación del agua, que posteriormente tratada es utilizada para el consumo humano.

Que, por ello y mientras dure el estado de emergencia hídrica, se autorice a estos pescadores artesanales, a realizar la actividad en el canal 2 de General Lavalle.

Que, conjuntamente con la declaración se proceda a comunicar a la autoridad provincial: Ministerio de Desarrollo Agrario, Subsecretaría de Agricultura Ganadería y Pesca de la Provincia de Buenos Aires.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Autorizase a los señores: Astudillo Mario Alberto (DNI Nº 26.992.177), Encina Héctor Manuel (DNI Nº 35.711.550) y Tejeda Cristian Alejandro (DNI Nº 27.509.171), a realizar pesca artesanal en el canal 2 dentro del Partido de General Lavalle, mientras se mantenga el estado de la emergencia hídrica y conforme los considerandos del presente decreto.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Agrario, Subsecretaría de Agricultura y Pesca de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda y dése al Registro Municipal.

 

 

 

 

 

 

HECTOR SANTIAGO DE JESUS DELFINO                                                       JOSE H RODRIGUEZ PONTE

                JEFE DE GABINETE           INTENDENTE MUNICIPAL