Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 291/2023
Nueve de Julio, 22/02/2023
AJUSTE DEUDA FLOTANTE POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO.
Visto
La existencia de diferencias en los saldos de deuda flotante por fuente de financiamiento al 30/12/2022.
Considerando
Que resulta procedente realizar ajustes en más y en menos en la planilla de deuda flotante por fuente de financiamiento, al cierre del Ejercicio 2022, a los fines de establecer coincidencia entre dicha planilla y los saldos de la deuda que se generan por el sistema RAFAM.
Por ello, el Señor Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Ajústense en más y en menos en la planilla de deuda flotante por fuente de financiamiento, al cierre del Ejercicio 2022, a los fines de establecer coincidencia entre dicha planilla y los saldos de la deuda que se generan por el sistema RAFAM, según el siguiente detalle:
AJUSTES EN MAS F.F 110 del Tesoro Municipal
C.E y S Mariano Moreno $ 5.247.354,95
AJUSTES EN MENOS F.F 133 de Origen Nacional Afectado
C.E y S Mariano Moreno - $ 5.247.354,95
Originado en Reconocimiento de deuda del año 2019, según Ordenanza Nº 6139/19. La Deuda fue expuesta en Detalle de la Deuda Flotante por Fuente de Financiamiento al 30/12/2019, dentro del saldo de la deuda con F.F 133. La deuda reconocida debió ser expuesta con F.F 110
AJUSTES EN MENOS F.F 110 del Tesoro Municipal
OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS SRL -$ 18.269.000,00
DIMED SA -$ 1.557.000,00
-$ 19.826.000,00
AJUSTES EN MAS F.F 133 de Origen Nacional Afectado
OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS SRL $ 18.269.000,00
DIMED SA $ 1.557.000,00
$ 19.826.000,00
Originado en gasto devengado el 31/12/2021 a través de devengado Nº 14056 por $ 18.269.000,00, el cual se contabilizó con Fuente de Financiamiento 110 quedando la deuda registrada al cierre del Ejercicio 2021 con dicha fuente y correspondió ser contabilizado con Fuente de Financiamiento 133, atento que el gasto debió afectarse a fondo transferido por el Gobierno Nacional el 30/12/2021.
A través de OCEA Nº 61 del 13/05/2022 se cancela la deuda con Fuente de Financiamiento 110 y con fecha 20/09/2022 se regulariza el pago por corrección de gastos Nº 662, imputándolo a la Fuente de Financiamiento 133. Atento a la discrepancia entre la fuente de financiamiento del pagado con la fuente de financiamiento de la deuda, corresponde efectuar el ajuste.
Y originado en gasto devengado el 30/12/2021 a través de devengado Nº 14053 por $ 1.557.000,00, el cual se contabilizó con Fuente de Financiamiento 110 quedando la deuda registrada al cierre del Ejercicio 2021 con dicha fuente y correspondió ser contabilizado con Fuente de Financiamiento 133, atento que el gasto debió afectarse a fondo transferido por el Gobierno Nacional el 31/12/2021.
A través de OCEA Nº 6 del 10/01/2022 se cancela la deuda con Fuente de Financiamiento 110 y con fecha 20/09/2022 se regulariza el pago por corrección de gastos Nº 663, imputándolo a la Fuente de Financiamiento 133. Atento a la discrepancia entre la fuente de financiamiento del pagado con la fuente de financiamiento de la deuda, corresponde efectuar el ajuste.
AJUSTES EN MAS F.F 110 del Tesoro Municipal
COOP. DE PROV. DE OBRAS Y SERV PUBLICOS $ 121.350,00
AJUSTES EN MENOS F.F 132 de Origen Provincial
COOP. DE PROV. DE OBRAS Y SERV PUBLICOS -$ 121.350,00
Originado en gasto devengado el 30/12/2014 a través de devengado Nº 17164, el cual se contabilizó con Fuente de Financiamiento 132 quedando la deuda registrada al cierre del Ejercicio 2014 con dicha fuente . El día 24/01/2020 se genera OCEA Nº 85 con la que se cancela la deuda imputando el pago a la Fuente de Financiamiento 110. Atento a la discrepancia entre la fuente de financiamiento del pagado con la fuente de financiamiento de la deuda, corresponde efectuar el ajuste.
ARTÍCULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secrtario de Gobierno.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda. Comuníquese.